V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-27158)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede Declaración en concreto de Utilidad Pública del proyecto modificado de instalación eléctrica de alta tensión. Expediente AT-14922/22.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de septiembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 44575
R.D. 1955/2000), se sometió a información pública el expediente junto con la
solicitud de Declaración de Utilidad Pública, insertándose anuncios en:
-BOP de la provincia de Cádiz número 49, de fecha 15/03/2023
-BOJA número 53, de fecha 20/03/2023
-BOE número 61, de fecha 13/03/2023
-Diario de Jerez de fecha 16/03/2023
-Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera,
exposición entre los días 21/06/23 al 02/08/23.
-Portal de Transparencia a través del siguiente enlace buscando por el número
de expediente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Durante el período de información pública se presentaron las siguientes
alegaciones:
ALEGACIÓN PRIMERA: Con fecha de entrada en el Registro de ésta
Delegación Territorial 02/05/2023, formuladas por Jaime Estévez Puerto, como
representante de AGRICOLA JOSE ESTEVEZ, S.L., mostrando disconformidad en
los términos que se encuentran en el expediente de referencia, en el que señala
las siguientes cuestiones:
1ª.- Que es propietario en pleno dominio de la finca rustica con referencia
catastral 53020A005000480000XI, declarado "viñedo en zona de pago protegido y
declarado como de alto valor para la denominación de origen Jerez Xerez Sherry",
invocando la condición de interesado.
2ª.- Improcedencia de la Declaración de Utilidad Pública del proyecto por
vulneración de lo dispuesto en el PGOU de Jerez de la Frontera. Es la propia
Normativa Particular del SNU del PGOU en su título XII, la que expresamente
recoge que en SNU de Especial Protección – Viñedos (Art. 12.3.12) no procede la
concesión de la preceptiva licencia urbanística, ni es uso considerado de interés
público el desarrollo e implantación de un parque solar fotovoltaico.
3ª.- Innecesaridad de la afección, apelando al sentido común y la buena
vecindad, se les propuso en varias ocasiones nuevas propuestas.
4º.- Comunicación de existencia de acuerdo privado entre las partes no
contemplado en el anuncio. Aunque no se haya llegado a un acuerdo total
respecto a la ubicación y al importe de compensación, ha quedado perfectamente
constatada la voluntad de todas las partes en trasladar el apoyo o vano AP.8 a la
finca colindante, por lo que no entendemos que el anuncio no lo haya contemplado
ya así.
5º.- Alegaciones formuladas por otros interesados, nos adherimos y hacemos
nuestras al objeto de evitar reiteraciones innecesarias.
Con fecha 10/05/2023, se traslada las alegaciones a la promotora, en el que
manifiesta su oposición a las alegaciones formuladas por AGRICOLA JOSE
ESTEVEZ, S.L., contesta a las mismas en el mismo orden:
1º-Nada que oponer a la titularidad del alegante respecto de la finca. Ausencia
de carácter administrativo de la certificación de denominación de origen aportada,
cve: BOE-B-2023-27158
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227
Viernes 22 de septiembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 44575
R.D. 1955/2000), se sometió a información pública el expediente junto con la
solicitud de Declaración de Utilidad Pública, insertándose anuncios en:
-BOP de la provincia de Cádiz número 49, de fecha 15/03/2023
-BOJA número 53, de fecha 20/03/2023
-BOE número 61, de fecha 13/03/2023
-Diario de Jerez de fecha 16/03/2023
-Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera,
exposición entre los días 21/06/23 al 02/08/23.
-Portal de Transparencia a través del siguiente enlace buscando por el número
de expediente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Durante el período de información pública se presentaron las siguientes
alegaciones:
ALEGACIÓN PRIMERA: Con fecha de entrada en el Registro de ésta
Delegación Territorial 02/05/2023, formuladas por Jaime Estévez Puerto, como
representante de AGRICOLA JOSE ESTEVEZ, S.L., mostrando disconformidad en
los términos que se encuentran en el expediente de referencia, en el que señala
las siguientes cuestiones:
1ª.- Que es propietario en pleno dominio de la finca rustica con referencia
catastral 53020A005000480000XI, declarado "viñedo en zona de pago protegido y
declarado como de alto valor para la denominación de origen Jerez Xerez Sherry",
invocando la condición de interesado.
2ª.- Improcedencia de la Declaración de Utilidad Pública del proyecto por
vulneración de lo dispuesto en el PGOU de Jerez de la Frontera. Es la propia
Normativa Particular del SNU del PGOU en su título XII, la que expresamente
recoge que en SNU de Especial Protección – Viñedos (Art. 12.3.12) no procede la
concesión de la preceptiva licencia urbanística, ni es uso considerado de interés
público el desarrollo e implantación de un parque solar fotovoltaico.
3ª.- Innecesaridad de la afección, apelando al sentido común y la buena
vecindad, se les propuso en varias ocasiones nuevas propuestas.
4º.- Comunicación de existencia de acuerdo privado entre las partes no
contemplado en el anuncio. Aunque no se haya llegado a un acuerdo total
respecto a la ubicación y al importe de compensación, ha quedado perfectamente
constatada la voluntad de todas las partes en trasladar el apoyo o vano AP.8 a la
finca colindante, por lo que no entendemos que el anuncio no lo haya contemplado
ya así.
5º.- Alegaciones formuladas por otros interesados, nos adherimos y hacemos
nuestras al objeto de evitar reiteraciones innecesarias.
Con fecha 10/05/2023, se traslada las alegaciones a la promotora, en el que
manifiesta su oposición a las alegaciones formuladas por AGRICOLA JOSE
ESTEVEZ, S.L., contesta a las mismas en el mismo orden:
1º-Nada que oponer a la titularidad del alegante respecto de la finca. Ausencia
de carácter administrativo de la certificación de denominación de origen aportada,
cve: BOE-B-2023-27158
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227