III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-19812)
Resolución de 24 de julio de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia de Salamanca, para establecer un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127932
Cualquier contingencia que pudiera producirse durante la realización de las prácticas
estará cubierta tanto por el Seguro Escolar, de acuerdo con la Reglamentación
establecida por la Ley de 17 de julio de 1953, sobre establecimiento del seguro escolar y
toda la normativa legal de desarrollo de la misma y, en especial, por la circular de 7 de
junio de 1999, así como por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil que cubra
al menos los posibles riesgos por accidente de trabajo.
A tal efecto, los alumnos seleccionados deberán acreditar ante Universidad
Internacional Menéndez Pelayo, O.A., antes del inicio de las prácticas, su situación de
alta en el Seguro Escolar, así como la suscripción de la referida póliza de seguro.
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. se compromete a formar a los
alumnos en prácticas en los procedimientos de prevención de riesgos laborales,
comunicándoles las políticas adoptadas por la entidad en ejecución de la normativa de
aplicación y a proteger a los mismos con las medidas higiénicas y organizativas
adecuadas para prevenir situaciones de riesgo, cumpliendo en todo caso con las
establecidas por las autoridades competentes. La Entidad será responsable de cualquier
daño que se produzca como consecuencia del incumplimiento de estas obligaciones.
Igualmente se compromete a propiciar, siempre que ello sea posible, la realización
de las prácticas mediante teletrabajo, cuando la situación sanitaria así lo aconseje.
Sexta.
Para la incorporación de cualquier alumno a este convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas: Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., Alumno y Universidad Pontificia, materializado con la firma del
correspondiente Anexo adscrito a este convenio.
Séptima.
Los alumnos podrán estar en prácticas siempre y cuando mantengan su relación
académica con la Universidad Pontificia de Salamanca. Se entenderá, a efectos de este
convenio, que los alumnos que finalicen sus estudios universitarios durante la realización
del período de prácticas, permanecerán en la consideración de estudiantes hasta la
finalización del curso académico.
Octava.
No podrá formalizarse contrato de trabajo, entre la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A. y el alumno, mientras no se revoque expresamente o finalice
este convenio respecto del alumno afectado.
Durante su período de prácticas, los alumnos estarán sometidos a las estipulaciones
del presente convenio, especialmente en cuanto se refiere al cumplimiento de horarios
de actividades de formación y a las normas de confidencialidad de los datos, procesos y
actividades de Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. de los que tenga
conocimiento.
Tendrán un tutor de sus prácticas en Universidad Internacional Menéndez Pelayo,
O.A., así como un tutor académico designado por la Universidad Pontificia.
Los alumnos están obligados a elaborar y entregar a su tutor académico una
memoria final a la conclusión de las prácticas en los términos que se contendrán en el
anexo suscrito por los mismos.
Décima.
A los efectos previstos en las estipulaciones anteriores se constituye una Comisión
del convenio, integrada por cuatro miembros, dos de ellos en representación de la
cve: BOE-A-2023-19812
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127932
Cualquier contingencia que pudiera producirse durante la realización de las prácticas
estará cubierta tanto por el Seguro Escolar, de acuerdo con la Reglamentación
establecida por la Ley de 17 de julio de 1953, sobre establecimiento del seguro escolar y
toda la normativa legal de desarrollo de la misma y, en especial, por la circular de 7 de
junio de 1999, así como por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil que cubra
al menos los posibles riesgos por accidente de trabajo.
A tal efecto, los alumnos seleccionados deberán acreditar ante Universidad
Internacional Menéndez Pelayo, O.A., antes del inicio de las prácticas, su situación de
alta en el Seguro Escolar, así como la suscripción de la referida póliza de seguro.
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. se compromete a formar a los
alumnos en prácticas en los procedimientos de prevención de riesgos laborales,
comunicándoles las políticas adoptadas por la entidad en ejecución de la normativa de
aplicación y a proteger a los mismos con las medidas higiénicas y organizativas
adecuadas para prevenir situaciones de riesgo, cumpliendo en todo caso con las
establecidas por las autoridades competentes. La Entidad será responsable de cualquier
daño que se produzca como consecuencia del incumplimiento de estas obligaciones.
Igualmente se compromete a propiciar, siempre que ello sea posible, la realización
de las prácticas mediante teletrabajo, cuando la situación sanitaria así lo aconseje.
Sexta.
Para la incorporación de cualquier alumno a este convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas: Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., Alumno y Universidad Pontificia, materializado con la firma del
correspondiente Anexo adscrito a este convenio.
Séptima.
Los alumnos podrán estar en prácticas siempre y cuando mantengan su relación
académica con la Universidad Pontificia de Salamanca. Se entenderá, a efectos de este
convenio, que los alumnos que finalicen sus estudios universitarios durante la realización
del período de prácticas, permanecerán en la consideración de estudiantes hasta la
finalización del curso académico.
Octava.
No podrá formalizarse contrato de trabajo, entre la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A. y el alumno, mientras no se revoque expresamente o finalice
este convenio respecto del alumno afectado.
Durante su período de prácticas, los alumnos estarán sometidos a las estipulaciones
del presente convenio, especialmente en cuanto se refiere al cumplimiento de horarios
de actividades de formación y a las normas de confidencialidad de los datos, procesos y
actividades de Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. de los que tenga
conocimiento.
Tendrán un tutor de sus prácticas en Universidad Internacional Menéndez Pelayo,
O.A., así como un tutor académico designado por la Universidad Pontificia.
Los alumnos están obligados a elaborar y entregar a su tutor académico una
memoria final a la conclusión de las prácticas en los términos que se contendrán en el
anexo suscrito por los mismos.
Décima.
A los efectos previstos en las estipulaciones anteriores se constituye una Comisión
del convenio, integrada por cuatro miembros, dos de ellos en representación de la
cve: BOE-A-2023-19812
Verificable en https://www.boe.es
Novena.