III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-19812)
Resolución de 24 de julio de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia de Salamanca, para establecer un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127931
empresas un período de prácticas académicas o de desarrollar el Proyecto de Fin de
Carrera, antes de obtener el título universitario.
IV. Que Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. está interesada en el
establecimiento de un marco permanente de colaboración que permita la integración
temporal de estudiantes de las distintas titulaciones existentes en la Universidad, con el
objeto de que puedan realizar sus prácticas profesionales o académicas dentro de los
diversos departamentos de la misma.
V. Que el presente convenio se desarrollará conforme a lo dispuesto en la
legislación vigente en materia de prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, al amparo del Real Decreto 592/2014 de 11 de julio, el Reglamento de
prácticas académicas externas de la Universidad Pontificia de Salamanca (aprobado en
Junta Plenaria de Gobierno 07/05/2021 Acta n.º 321) así como la Normativa Reguladora
de las Prácticas Externas de la titulación correspondiente, las condiciones expresas
pactadas para su realización por los alumnos acogidos al presente convenio y por las
siguientes
Estipulaciones
Primera.
El objeto del presente convenio es ofrecer preparación especializada y práctica en el
campo de Comunicación y Marketing para completar la formación universitaria de los
alumnos y preparar su futura integración en el ámbito profesional en las mejores
condiciones posibles.
Segunda.
Antes de la finalización del Máster/Titulación, Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A. facilitará a la Universidad Pontificia de Salamanca la relación de puestos a
cubrir para la realización de prácticas de alumnos, hasta un máximo de 3. En ella se
establecerán los destinos y adscripciones a los departamentos del Centro, así como las
fechas de inicio y finalización de las prácticas, horarios y turnos de asistencia y el
proyecto formativo que se persigue con cada una de las prácticas y los tutores de la
empresa asignados a cada una de ellas.
Tercera.
La Universidad Pontificia efectuará una selección previa de alumnos que puedan
acceder a estas prácticas, valorando su expediente académico y circunstancias
personales. Esta relación de seleccionados será remitida a la Dirección de Universidad
Internacional Menéndez Pelayo, O.A. para su posterior estudio y selección por la
Comisión del Convenio.
Cuarta.
Quinta.
Los alumnos no tendrán en ningún caso vinculación o relación laboral con
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. ni siquiera a los efectos previstos en el
Real Decreto 488/1998, sobre contratación en prácticas o para la formación. Por lo que
quedan expresa y absolutamente excluidos de la legislación laboral, limitándose la
relación a los compromisos asumidos en el presente convenio.
cve: BOE-A-2023-19812
Verificable en https://www.boe.es
La convocatoria de plazas, estudiada previamente por la Comisión, se hará pública
durante los plazos establecidos por la titulación. En ella se establecerán los requisitos a
reunir y las circunstancias de las plazas que se determinan en la estipulación segunda.
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127931
empresas un período de prácticas académicas o de desarrollar el Proyecto de Fin de
Carrera, antes de obtener el título universitario.
IV. Que Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. está interesada en el
establecimiento de un marco permanente de colaboración que permita la integración
temporal de estudiantes de las distintas titulaciones existentes en la Universidad, con el
objeto de que puedan realizar sus prácticas profesionales o académicas dentro de los
diversos departamentos de la misma.
V. Que el presente convenio se desarrollará conforme a lo dispuesto en la
legislación vigente en materia de prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, al amparo del Real Decreto 592/2014 de 11 de julio, el Reglamento de
prácticas académicas externas de la Universidad Pontificia de Salamanca (aprobado en
Junta Plenaria de Gobierno 07/05/2021 Acta n.º 321) así como la Normativa Reguladora
de las Prácticas Externas de la titulación correspondiente, las condiciones expresas
pactadas para su realización por los alumnos acogidos al presente convenio y por las
siguientes
Estipulaciones
Primera.
El objeto del presente convenio es ofrecer preparación especializada y práctica en el
campo de Comunicación y Marketing para completar la formación universitaria de los
alumnos y preparar su futura integración en el ámbito profesional en las mejores
condiciones posibles.
Segunda.
Antes de la finalización del Máster/Titulación, Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A. facilitará a la Universidad Pontificia de Salamanca la relación de puestos a
cubrir para la realización de prácticas de alumnos, hasta un máximo de 3. En ella se
establecerán los destinos y adscripciones a los departamentos del Centro, así como las
fechas de inicio y finalización de las prácticas, horarios y turnos de asistencia y el
proyecto formativo que se persigue con cada una de las prácticas y los tutores de la
empresa asignados a cada una de ellas.
Tercera.
La Universidad Pontificia efectuará una selección previa de alumnos que puedan
acceder a estas prácticas, valorando su expediente académico y circunstancias
personales. Esta relación de seleccionados será remitida a la Dirección de Universidad
Internacional Menéndez Pelayo, O.A. para su posterior estudio y selección por la
Comisión del Convenio.
Cuarta.
Quinta.
Los alumnos no tendrán en ningún caso vinculación o relación laboral con
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. ni siquiera a los efectos previstos en el
Real Decreto 488/1998, sobre contratación en prácticas o para la formación. Por lo que
quedan expresa y absolutamente excluidos de la legislación laboral, limitándose la
relación a los compromisos asumidos en el presente convenio.
cve: BOE-A-2023-19812
Verificable en https://www.boe.es
La convocatoria de plazas, estudiada previamente por la Comisión, se hará pública
durante los plazos establecidos por la titulación. En ella se establecerán los requisitos a
reunir y las circunstancias de las plazas que se determinan en la estipulación segunda.