III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-19805)
Orden CUD/1042/2023, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2023 y 2024 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127841
Cooperación aumentar la visibilidad de los videojuegos españoles y de otras formas de
creación digital en los principales mercados internacionales del sector.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (RMRR), y su normativa
de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la
aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento
relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la
Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de
Recuperación y Resiliencia de España, todas las actuaciones financiadas que se
llevarán a cabo en cumplimiento de la presente orden, deben de respetar el llamado
principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH por
sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm»).
El componente 25 tiene una contribución del 0 % al etiquetado verde dentro del
PRTR, con una contribución climática global del 0 %, por lo que no cabe esperar ninguna
contribución específica de la actividad de los beneficiarios de este subproyecto a la
transición verde. Asimismo, el componente 25 prevé una contribución a la transición
digital del 77,5 %. No obstante, la ayuda adscrita a dicho componente en este programa
de inversión alcanza una contribución digital del 100 %.
Esta orden está en consonancia con los principios de buena regulación recogidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Se estructura en tres capítulos y cuarenta y tres artículos. En el primer capítulo se
establece el objeto de la orden; en el segundo capítulo se regulan las bases de
concesión de las ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la
creación digital; y, en el tercer capítulo, se regula la convocatoria única correspondiente
a 2023 y 2024 de dichas ayudas públicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en virtud del artículo 61 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, se dicta esta orden por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los
videojuegos y la creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a
los años 2023 y 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En virtud de lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Objeto
Artículo 1.
Objeto de la orden.
La presente orden ministerial tiene como objeto establecer las bases reguladoras de
la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la
creación digital, y publicar la convocatoria correspondiente a los ejercicios 2023 y 2024
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la
internacionalización de los videojuegos y la creación digital.
Artículo 2. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación.
1. La presente orden establece las bases reguladoras de la concesión, seguimiento
y justificación de las ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la
creación digital.
cve: BOE-A-2023-19805
Verificable en https://www.boe.es
CAPÍTULO II
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127841
Cooperación aumentar la visibilidad de los videojuegos españoles y de otras formas de
creación digital en los principales mercados internacionales del sector.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (RMRR), y su normativa
de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la
aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento
relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la
Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de
Recuperación y Resiliencia de España, todas las actuaciones financiadas que se
llevarán a cabo en cumplimiento de la presente orden, deben de respetar el llamado
principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH por
sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm»).
El componente 25 tiene una contribución del 0 % al etiquetado verde dentro del
PRTR, con una contribución climática global del 0 %, por lo que no cabe esperar ninguna
contribución específica de la actividad de los beneficiarios de este subproyecto a la
transición verde. Asimismo, el componente 25 prevé una contribución a la transición
digital del 77,5 %. No obstante, la ayuda adscrita a dicho componente en este programa
de inversión alcanza una contribución digital del 100 %.
Esta orden está en consonancia con los principios de buena regulación recogidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Se estructura en tres capítulos y cuarenta y tres artículos. En el primer capítulo se
establece el objeto de la orden; en el segundo capítulo se regulan las bases de
concesión de las ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la
creación digital; y, en el tercer capítulo, se regula la convocatoria única correspondiente
a 2023 y 2024 de dichas ayudas públicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en virtud del artículo 61 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, se dicta esta orden por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los
videojuegos y la creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a
los años 2023 y 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En virtud de lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Objeto
Artículo 1.
Objeto de la orden.
La presente orden ministerial tiene como objeto establecer las bases reguladoras de
la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la
creación digital, y publicar la convocatoria correspondiente a los ejercicios 2023 y 2024
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la
internacionalización de los videojuegos y la creación digital.
Artículo 2. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación.
1. La presente orden establece las bases reguladoras de la concesión, seguimiento
y justificación de las ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la
creación digital.
cve: BOE-A-2023-19805
Verificable en https://www.boe.es
CAPÍTULO II