III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-19805)
Orden CUD/1042/2023, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2023 y 2024 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Jueves 21 de septiembre de 2023
Artículo 32.

Sec. III. Pág. 127856

Requisitos de presentación de las solicitudes.

1. El formulario de solicitud tendrá exclusivamente formato electrónico y se
encontrará disponible en la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte (https://
cultura.sede.gob.es/procedimientos/index/categoria/1168). En el anexo III de esta orden
se ofrece información sobre los modelos de la documentación obligatoria a presentar
para solicitantes y beneficiarios.
2. La solicitud deberá ser cumplimentada en su totalidad y en castellano. Los datos
no cumplimentados, total o parcialmente, no serán tenidos en cuenta a efectos de su
valoración.
3. Podrá presentarse un máximo de una solicitud por titular. La solicitud solo
contemplará un proyecto. En el supuesto de que el mismo titular supere el límite
señalado, se evaluará la primera solicitud que haya presentado, según fecha de registro,
considerándose excluidas las restantes.
4. Las solicitudes se presentarán con la documentación que se detalla a
continuación:

5. Para el cumplimiento de la regulación prevista para las ayudas de minimis,
mencionadas en los artículos 3.2 y 27.5, todos los solicitantes deberán completar, dentro
del formulario electrónico de la solicitud, en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura
y Deporte, la declaración responsable de otras ayudas sujetas al régimen de minimis
referidas a los tres últimos ejercicios fiscales, incluyendo el actual (2021, 2022 y 2023).
6. En relación con el proyecto y la memoria de actividades de la entidad en los dos
últimos años, previstos en el punto e) del apartado anterior, la extensión del documento
no podrá superar las diez páginas, incluyendo imágenes, y deberá contener un total
de 3.500 palabras, como máximo. En esta memoria de actividades de la entidad en los
dos últimos años se incluirán, en su caso, aquellos proyectos ejecutados durante dicho
periodo que hayan sido beneficiarios de las ayudas tramitadas desde la Dirección
General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación con información
sobre sobre su estado de ejecución y, en la medida de lo posible, indicación de un
acceso o enlace web que facilite su comprobación.
La copia digitalizada del proyecto, el cronograma de desarrollo del proyecto y el
presupuesto de ingresos y gastos no podrán presentarse, ni mejorarse, una vez
finalizado el plazo para la presentación de solicitudes.

cve: BOE-A-2023-19805
Verificable en https://www.boe.es

a) Copia digitalizada de la tarjeta del número de identificación fiscal de la entidad
(NIF).
b) Copia digitalizada de la escritura pública de constitución inscrita en el
correspondiente registro. Esto incluye el acta fundacional y los estatutos de la entidad
actualizados.
c) Copia digitalizada de la escritura de apoderamiento inscrita en el correspondiente
registro, en el supuesto de que el representante legal no figure en la escritura pública de
constitución.
d) Copia digitalizada del documento nacional de identidad (DNI) del representante
de la entidad que solicita la ayuda.
e) Copia digitalizada del proyecto y de la memoria de actividades de la entidad en
los dos últimos años (según modelo normalizado que se encuentra en la sede
electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte).
f) Presupuesto de ingresos y gastos (según modelo normalizado que se encuentra
en la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte).
g) Cronograma previsto de desarrollo del proyecto por fases (según modelo
normalizado que se encuentra en la sede electrónica del Ministerio de Cultura y
Deporte).
h) Aquella otra documentación, declaración o aceptación que se incluya en el
formulario electrónico de la solicitud, incluidas las derivadas del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, descritas en el anexo III.