III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunal Supremo. (BOE-A-2023-19798)
Acuerdo de 14 de septiembre de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 8 de septiembre de 2023, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, sobre la extensión y otras condiciones extrínsecas de los escritos de recurso de casación y de oposición civiles.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
I.
Sec. III. Pág. 127791
Normas para los escritos de interposición y oposición de los recursos de casación
dirigidos a la Sala Primera del Tribunal Supremo
1.
Extensión máxima
Los escritos de interposición y oposición tendrán una extensión máxima de 50.000
"caracteres con espacio", equivalente a 25 folios.
Esta extensión máxima incluye las notas a pie de página, imágenes, esquemas o
gráficos que eventualmente pudieran incorporarse.
El abogado, u otra persona que este designe, deberá certificar al final del recurso y
de la oposición el número de caracteres que contiene el escrito que presenta. En su
caso, deberá justificarse la superación de la extensión máxima prevista en caso de que
concurran circunstancias especiales de carácter excepcional.
2.
Formato
Para el texto se utilizará como fuente "Times New Roman", con un tamaño de 12
puntos en el texto y de 10 puntos en las notas a pie de página o en la transcripción literal
de normas o párrafos de sentencias que se incorporen.
El interlineado en el texto será de 1,5.
Los márgenes horizontales y verticales (márgenes superior, inferior, izquierdo y
derecho de la página) serán de 2,5 cm.
El documento no contendrá rayas ni otros elementos que dificulten su lectura.
Todos los folios estarán numerados de forma creciente, empezando por el número
uno que figurará en la esquina superior derecha del folio.
Todos los documentos que se aporten con el escrito deberán estar suficientemente
identificados y numerados como documento o anexo. Por ejemplo: documento o
anexo 1, documento o anexo 2, documento o anexo 3 y así sucesivamente.
El escrito de interposición del recurso deberá dar cumplimiento a las exigencias del
RD 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la
Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se
regula el sistema LexNET y la Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Secretaría
General de la Administración de Justicia, por la que se aprueba el modelo de formulario
normalizado previsto en el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre
comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del
Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.
Documentos que se deben acompañar al escrito del recurso
1) Poder para pleitos.
2) Copia de la resolución dictada en primera instancia y, en su caso, copia del auto
de aclaración, rectificación, complemento o subsanación.
3) Copia de la resolución impugnada y, en su caso, copia del auto de aclaración,
rectificación, complemento o subsanación.
4) Copia del resguardo de constitución del depósito para recurrir en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones Judiciales de la correspondiente Audiencia Provincial.
5) Copia del documento que acredite el cumplimiento de los requisitos del art. 449
de la LEC.
4.
Carátula que deberá preceder al escrito de recurso de casación
El escrito de interposición irá precedido por una carátula que contendrá los datos
esenciales del recurso.
La carátula no suple ni amplía el contenido del escrito de recurso.
cve: BOE-A-2023-19798
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
I.
Sec. III. Pág. 127791
Normas para los escritos de interposición y oposición de los recursos de casación
dirigidos a la Sala Primera del Tribunal Supremo
1.
Extensión máxima
Los escritos de interposición y oposición tendrán una extensión máxima de 50.000
"caracteres con espacio", equivalente a 25 folios.
Esta extensión máxima incluye las notas a pie de página, imágenes, esquemas o
gráficos que eventualmente pudieran incorporarse.
El abogado, u otra persona que este designe, deberá certificar al final del recurso y
de la oposición el número de caracteres que contiene el escrito que presenta. En su
caso, deberá justificarse la superación de la extensión máxima prevista en caso de que
concurran circunstancias especiales de carácter excepcional.
2.
Formato
Para el texto se utilizará como fuente "Times New Roman", con un tamaño de 12
puntos en el texto y de 10 puntos en las notas a pie de página o en la transcripción literal
de normas o párrafos de sentencias que se incorporen.
El interlineado en el texto será de 1,5.
Los márgenes horizontales y verticales (márgenes superior, inferior, izquierdo y
derecho de la página) serán de 2,5 cm.
El documento no contendrá rayas ni otros elementos que dificulten su lectura.
Todos los folios estarán numerados de forma creciente, empezando por el número
uno que figurará en la esquina superior derecha del folio.
Todos los documentos que se aporten con el escrito deberán estar suficientemente
identificados y numerados como documento o anexo. Por ejemplo: documento o
anexo 1, documento o anexo 2, documento o anexo 3 y así sucesivamente.
El escrito de interposición del recurso deberá dar cumplimiento a las exigencias del
RD 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la
Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se
regula el sistema LexNET y la Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Secretaría
General de la Administración de Justicia, por la que se aprueba el modelo de formulario
normalizado previsto en el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre
comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del
Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.
Documentos que se deben acompañar al escrito del recurso
1) Poder para pleitos.
2) Copia de la resolución dictada en primera instancia y, en su caso, copia del auto
de aclaración, rectificación, complemento o subsanación.
3) Copia de la resolución impugnada y, en su caso, copia del auto de aclaración,
rectificación, complemento o subsanación.
4) Copia del resguardo de constitución del depósito para recurrir en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones Judiciales de la correspondiente Audiencia Provincial.
5) Copia del documento que acredite el cumplimiento de los requisitos del art. 449
de la LEC.
4.
Carátula que deberá preceder al escrito de recurso de casación
El escrito de interposición irá precedido por una carátula que contendrá los datos
esenciales del recurso.
La carátula no suple ni amplía el contenido del escrito de recurso.
cve: BOE-A-2023-19798
Verificable en https://www.boe.es
3.