III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-19753)
Resolución de 6 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Heze, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Heze, de 49,95 MW de potencia pico y 42,48 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Barbuñales, Pertusa, Laluenga y Laperdiguera en la provincia de Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127686
contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido escrito del Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca, en el que
solicita completar la información aportada, que es remitida por el promotor como
respuesta. Con fecha 21 de diciembre de 2021 se remite informe del Consejo Provincial
de Urbanismo de Huesca, en el que indica que, a tenor de la suspensión de licencias
acordada por el ayuntamiento de Laluenga, los elementos del proyecto a instalar en
dicho término municipal no serían autorizables urbanísticamente, y sí lo serían las
instalaciones del término municipal de Laperdiguera. El promotor cursa respuesta el 1 de
marzo de 2022, manifestando su oposición a la prohibición relativa a Laluenga, y su
conformidad con lo planteado para Laperdiguera. Dicha respuesta se remite al Consejo
Provincial de Urbanismo de Huesca, el cual emite nuevo informe el 4 de mayo de 2022
manteniéndose en su postura, y es trasladado al promotor.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Laluenga en el que se opone al proyecto
por diferentes argumentos, alegando presuntas vulneraciones e incumplimientos
normativos, fragmentación del proyecto y consecuente nulidad, afecciones urbanísticas,
económicas y sociales. El promotor da respuesta a las alegaciones, y manifiesta que se
reunirá con el Ayuntamiento para poder explicar detalladamente el proyecto, siendo
remitida dicha respuesta al Ayuntamiento para su conocimiento y efectos.
Preguntados la Dirección General de Carreteras del Departamento de Vertebración
del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, la Demarcación de
Carreteras del Estado en Aragón del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), Red Eléctrica de España, el
Ayuntamiento de Laperdiguera y la Comarca del Somontano de Barbastro, no se ha
recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos
en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Confederación Hidrográfica del Ebro, al Instituto Aragonés de
Gestión Ambiental (INAGA), al Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón (COTA),
a la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón, a la
Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y
Deporte del Gobierno de Aragón, a la Dirección General de Salud Pública del
Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, a la Dirección General de Interior y
Protección Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del
Gobierno de Aragón, a la Asociación Española para la Conservación y el estudio de los
murciélagos (SECEMU-Batlife), a Ecologistas en Acción España, y a la Sociedad
Española de Ornitología (SEO-Birdlife).
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Aragón emitió un
primer informe en fecha 11 de marzo de 2022, complementado con posterioridad.
Con fecha 18 de julio de 2022, la Subdirección General de Energía Eléctrica da
traslado a la Subdirección General de Evaluación Ambiental de la documentación
presentada por el promotor en fecha 23 de junio de 2022, a raíz del informe emitido por
parte del Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca de 4 de mayo de 2022,
compuesta por anteproyecto modificado de la planta fotovoltaica y por el estudio de
impacto ambiental modificado, con los siguientes cambios:
– Módulos fotovoltaicos empleados, aumentado la potencia pico total de 42,48 MW
a 49,95 MW.
– Reconfiguración de la disposición en planta, y trazados de zanjas para conexiones
de líneas eléctricas subterráneas de baja y media tensión.
– Actualización de cálculos de media y baja tensión.
– Modificación de cerramientos y vallados de parcelas, viales de acceso y caminos
perimetrales interiores.
cve: BOE-A-2023-19753
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 225
Miércoles 20 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127686
contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido escrito del Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca, en el que
solicita completar la información aportada, que es remitida por el promotor como
respuesta. Con fecha 21 de diciembre de 2021 se remite informe del Consejo Provincial
de Urbanismo de Huesca, en el que indica que, a tenor de la suspensión de licencias
acordada por el ayuntamiento de Laluenga, los elementos del proyecto a instalar en
dicho término municipal no serían autorizables urbanísticamente, y sí lo serían las
instalaciones del término municipal de Laperdiguera. El promotor cursa respuesta el 1 de
marzo de 2022, manifestando su oposición a la prohibición relativa a Laluenga, y su
conformidad con lo planteado para Laperdiguera. Dicha respuesta se remite al Consejo
Provincial de Urbanismo de Huesca, el cual emite nuevo informe el 4 de mayo de 2022
manteniéndose en su postura, y es trasladado al promotor.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Laluenga en el que se opone al proyecto
por diferentes argumentos, alegando presuntas vulneraciones e incumplimientos
normativos, fragmentación del proyecto y consecuente nulidad, afecciones urbanísticas,
económicas y sociales. El promotor da respuesta a las alegaciones, y manifiesta que se
reunirá con el Ayuntamiento para poder explicar detalladamente el proyecto, siendo
remitida dicha respuesta al Ayuntamiento para su conocimiento y efectos.
Preguntados la Dirección General de Carreteras del Departamento de Vertebración
del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, la Demarcación de
Carreteras del Estado en Aragón del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), Red Eléctrica de España, el
Ayuntamiento de Laperdiguera y la Comarca del Somontano de Barbastro, no se ha
recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos
en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Confederación Hidrográfica del Ebro, al Instituto Aragonés de
Gestión Ambiental (INAGA), al Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón (COTA),
a la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón, a la
Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y
Deporte del Gobierno de Aragón, a la Dirección General de Salud Pública del
Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, a la Dirección General de Interior y
Protección Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del
Gobierno de Aragón, a la Asociación Española para la Conservación y el estudio de los
murciélagos (SECEMU-Batlife), a Ecologistas en Acción España, y a la Sociedad
Española de Ornitología (SEO-Birdlife).
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Aragón emitió un
primer informe en fecha 11 de marzo de 2022, complementado con posterioridad.
Con fecha 18 de julio de 2022, la Subdirección General de Energía Eléctrica da
traslado a la Subdirección General de Evaluación Ambiental de la documentación
presentada por el promotor en fecha 23 de junio de 2022, a raíz del informe emitido por
parte del Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca de 4 de mayo de 2022,
compuesta por anteproyecto modificado de la planta fotovoltaica y por el estudio de
impacto ambiental modificado, con los siguientes cambios:
– Módulos fotovoltaicos empleados, aumentado la potencia pico total de 42,48 MW
a 49,95 MW.
– Reconfiguración de la disposición en planta, y trazados de zanjas para conexiones
de líneas eléctricas subterráneas de baja y media tensión.
– Actualización de cálculos de media y baja tensión.
– Modificación de cerramientos y vallados de parcelas, viales de acceso y caminos
perimetrales interiores.
cve: BOE-A-2023-19753
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 225