III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-19741)
Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Autoridad Portuaria de Santander, para establecer la colaboración entre las partes para la organización de la exposición «Picasso visto por Otero».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Miércoles 20 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127603
Los presentes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran
vigentes y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de
este documento, capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que la APS es un organismo público con personalidad jurídica y patrimonio
propios, así como plena capacidad de obrar, que depende del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, a través de Puertos del Estado. Además de las
competencias que le confiere el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante, la APS, dentro de su estrategia general de
modernización, ha establecido, junto a una serie de actuaciones propiamente
comerciales, un conjunto de acciones destinadas a potenciar su imagen corporativa y a
promover sus relaciones con la sociedad. Con este fin, la APS promueve la organización
de eventos y establece cauces de cooperación institucional con distintos organismos
públicos y privados en el marco de la adecuada integración del puerto en la ciudad, todo
ello en consonancia con el apartado II. 5 de la Comunicación de la Comisión Europea
sobre una política portuaria europea de 17 de octubre de 2007.
III. Que ambas instituciones, dentro de los fines que les son propios, coinciden en
su interés por organizar la exposición «Picasso visto por Otero», que estará integrada
por 49 fotografías escogidas del Fondo Fotográfico Roberto Otero, procedentes del
Museo Picasso Málaga que, casi a modo de breves ráfagas cinematográficas, transmiten
un ambiente, un modo de vida y sirven como herramienta para conocer mejor un medio,
su circunstancia y su protagonista, en unos momentos en que el artista malagueño ya ha
demostrado todo estéticamente y solo parece disfrutar apasionadamente de la libertad
del crear sin tener que rendir cuentas a censores ni jueces. La UIMP y la APS
consideran dicha exposición de un alto valor cultural.
Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y
recursos en una iniciativa conjunta, ambas entidades acuerdan suscribir el presente
convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la APS para
la organización conjunta de la exposición «Picasso visto por Otero», que se celebrará en
las instalaciones del Palacete del Embarcadero, propiedad de la APS, en el marco del
programa de actividades culturales que la UIMP organiza como complemento a su
programación de cursos de verano en Santander en 2023 y dentro de la programación
cultural de la APS.
Ambas instituciones colaborarán en el orden técnico, económico y logístico para llevar a
cabo dicha actividad cultural, según las especificaciones de este convenio y con el objetivo
común de garantizar los niveles adecuados de excelencia y solvencia organizativa.
cve: BOE-A-2023-19741
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 225
Miércoles 20 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127603
Los presentes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran
vigentes y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de
este documento, capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que la APS es un organismo público con personalidad jurídica y patrimonio
propios, así como plena capacidad de obrar, que depende del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, a través de Puertos del Estado. Además de las
competencias que le confiere el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante, la APS, dentro de su estrategia general de
modernización, ha establecido, junto a una serie de actuaciones propiamente
comerciales, un conjunto de acciones destinadas a potenciar su imagen corporativa y a
promover sus relaciones con la sociedad. Con este fin, la APS promueve la organización
de eventos y establece cauces de cooperación institucional con distintos organismos
públicos y privados en el marco de la adecuada integración del puerto en la ciudad, todo
ello en consonancia con el apartado II. 5 de la Comunicación de la Comisión Europea
sobre una política portuaria europea de 17 de octubre de 2007.
III. Que ambas instituciones, dentro de los fines que les son propios, coinciden en
su interés por organizar la exposición «Picasso visto por Otero», que estará integrada
por 49 fotografías escogidas del Fondo Fotográfico Roberto Otero, procedentes del
Museo Picasso Málaga que, casi a modo de breves ráfagas cinematográficas, transmiten
un ambiente, un modo de vida y sirven como herramienta para conocer mejor un medio,
su circunstancia y su protagonista, en unos momentos en que el artista malagueño ya ha
demostrado todo estéticamente y solo parece disfrutar apasionadamente de la libertad
del crear sin tener que rendir cuentas a censores ni jueces. La UIMP y la APS
consideran dicha exposición de un alto valor cultural.
Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y
recursos en una iniciativa conjunta, ambas entidades acuerdan suscribir el presente
convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la APS para
la organización conjunta de la exposición «Picasso visto por Otero», que se celebrará en
las instalaciones del Palacete del Embarcadero, propiedad de la APS, en el marco del
programa de actividades culturales que la UIMP organiza como complemento a su
programación de cursos de verano en Santander en 2023 y dentro de la programación
cultural de la APS.
Ambas instituciones colaborarán en el orden técnico, económico y logístico para llevar a
cabo dicha actividad cultural, según las especificaciones de este convenio y con el objetivo
común de garantizar los niveles adecuados de excelencia y solvencia organizativa.
cve: BOE-A-2023-19741
Verificable en https://www.boe.es
Primera.