III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-19757)
Resolución de 13 de septiembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad de Madrid, en materia de farmacovigilancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Miércoles 20 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127716
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE SANIDAD
19757
Resolución de 13 de septiembre de 2023, de la Secretaría de Estado de
Sanidad, por la que se publica Adenda de prórroga del Convenio entre la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad
de Madrid, en materia de farmacovigilancia.
Suscrita el 7 de septiembre de 2023, Adenda de prórroga del convenio entre la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad de Madrid a
través de la Consejería de Sanidad en materia de farmacovigilancia, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha
adenda, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 13 de septiembre de 2023.–La Secretaria de Estado de Sanidad, Silvia
Calzón Fernández.
ANEXO
Adenda de prórroga del convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de
Sanidad en materia de farmacovigilancia.
A 7 de septiembre de 2023.
REUNIDOS
Intervienen en función de sus respectivos cargos que han quedado expresados y en
el ejercicio de las facultades que a cada una le están conferidas, reconociéndose
mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,
cve: BOE-A-2023-19757
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña María Jesús Lamas Díaz, Directora de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios, por nombramiento del Consejo Rector de la
misma de fecha 19 de julio de 2018, y en virtud del artículo 14.2 f) del Estatuto de la
Agencia estatal «Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios» aprobado
por Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, en representación de esta Agencia
estatal, con domicilio social en Calle Campezo n.º 1 28022 Madrid.
Y de otra, doña Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, y actuando en virtud de las competencias que le otorga lo
establecido en el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la
Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de
modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid.
Núm. 225
Miércoles 20 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127716
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE SANIDAD
19757
Resolución de 13 de septiembre de 2023, de la Secretaría de Estado de
Sanidad, por la que se publica Adenda de prórroga del Convenio entre la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad
de Madrid, en materia de farmacovigilancia.
Suscrita el 7 de septiembre de 2023, Adenda de prórroga del convenio entre la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad de Madrid a
través de la Consejería de Sanidad en materia de farmacovigilancia, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha
adenda, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 13 de septiembre de 2023.–La Secretaria de Estado de Sanidad, Silvia
Calzón Fernández.
ANEXO
Adenda de prórroga del convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de
Sanidad en materia de farmacovigilancia.
A 7 de septiembre de 2023.
REUNIDOS
Intervienen en función de sus respectivos cargos que han quedado expresados y en
el ejercicio de las facultades que a cada una le están conferidas, reconociéndose
mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,
cve: BOE-A-2023-19757
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña María Jesús Lamas Díaz, Directora de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios, por nombramiento del Consejo Rector de la
misma de fecha 19 de julio de 2018, y en virtud del artículo 14.2 f) del Estatuto de la
Agencia estatal «Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios» aprobado
por Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, en representación de esta Agencia
estatal, con domicilio social en Calle Campezo n.º 1 28022 Madrid.
Y de otra, doña Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, y actuando en virtud de las competencias que le otorga lo
establecido en el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la
Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de
modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid.