III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-18925)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con ADIF-Alta Velocidad y el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, para la mejora de la integración urbana del ferrocarril en Vilafranca del Penedès.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Sábado 2 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 122389
En caso de extinción por una causa diferente a la conclusión de las actuaciones
objeto del convenio, la Comisión de Seguimiento propondrá las condiciones para la
continuación y la finalización de las actuaciones en curso que considere oportunas, y
establecerá un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá
realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52.2 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Resuelto el convenio por cualquier causa, todos los derechos y obligaciones nacidos
con anterioridad a la extinción de este serán liquidados y cumplidos por todas las partes,
sin perjuicio de los derechos y obligaciones que resulten de dicha extinción para las
mismas, conforme a la Ley o a lo dispuesto en el presente convenio.
Duodécima.
Régimen jurídico y jurisdicción.
El presente convenio tiene carácter administrativo y estará sujeto a la normativa
administrativa en vigor, y es de aplicación, en todo lo no previsto en el mismo, la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, o la legislación que
en adelante la sustituya.
Las partes acuerdan que las cuestiones que puedan surgir en la interpretación y/o el
cumplimiento del presente convenio serán dirimidas en el seno de la Comisión de
Seguimiento.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación o en el cumplimiento
del presente convenio se residenciarán en el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
Para que conste y en prueba de conformidad, se firma el presente convenio.–Por el
Ajuntament de Vilafranca del Penedès. Sr. Francisco Romero i Gamarra. Alcalde de
Vilafranca del Penedès.–Por ADIF/ADIF-AV, Dña. María Luisa Domínguez González.
Presidenta de ADIF y ADIF-AV.
ANEXO NÚM. 1
Calendario de actuaciones y anualidades previstas en el presente convenio
cve: BOE-A-2023-18925
Verificable en https://www.boe.es
El contenido del presente anexo puede consultarse a través del Portal de
Transparencia del Gobierno de España: http://transparencia.gob.es.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 210
Sábado 2 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 122389
En caso de extinción por una causa diferente a la conclusión de las actuaciones
objeto del convenio, la Comisión de Seguimiento propondrá las condiciones para la
continuación y la finalización de las actuaciones en curso que considere oportunas, y
establecerá un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá
realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52.2 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Resuelto el convenio por cualquier causa, todos los derechos y obligaciones nacidos
con anterioridad a la extinción de este serán liquidados y cumplidos por todas las partes,
sin perjuicio de los derechos y obligaciones que resulten de dicha extinción para las
mismas, conforme a la Ley o a lo dispuesto en el presente convenio.
Duodécima.
Régimen jurídico y jurisdicción.
El presente convenio tiene carácter administrativo y estará sujeto a la normativa
administrativa en vigor, y es de aplicación, en todo lo no previsto en el mismo, la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, o la legislación que
en adelante la sustituya.
Las partes acuerdan que las cuestiones que puedan surgir en la interpretación y/o el
cumplimiento del presente convenio serán dirimidas en el seno de la Comisión de
Seguimiento.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación o en el cumplimiento
del presente convenio se residenciarán en el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
Para que conste y en prueba de conformidad, se firma el presente convenio.–Por el
Ajuntament de Vilafranca del Penedès. Sr. Francisco Romero i Gamarra. Alcalde de
Vilafranca del Penedès.–Por ADIF/ADIF-AV, Dña. María Luisa Domínguez González.
Presidenta de ADIF y ADIF-AV.
ANEXO NÚM. 1
Calendario de actuaciones y anualidades previstas en el presente convenio
cve: BOE-A-2023-18925
Verificable en https://www.boe.es
El contenido del presente anexo puede consultarse a través del Portal de
Transparencia del Gobierno de España: http://transparencia.gob.es.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X