III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Convenios. (BOE-A-2023-18909)
Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio con la Fundación ICO, para la cesión del repositorio de todos los anuarios de la competencia publicados en el microsite de la Fundación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Viernes 1 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 122279
Con base en lo expuesto anteriormente, y recociéndose ambas partes la capacidad
legal necesaria en la representación que actúan, acuerdan suscribir el presente convenio
de colaboración de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es la cesión indefinida y gratuita por parte de la
Fundación ICO a la CNMC del repositorio de todos los anuarios de la competencia
publicados en el microsite de la Fundación ICO y de todos los derechos de propiedad
intelectual (reproducción, distribución, transformación y comunicación pública) que le son
inherentes a la meritada obra Anuario de la Competencia, con carácter de exclusiva y
para su edición y comercialización en todos los idiomas y para el ámbito territorial
mundial en todas las formas y modalidades que estime conveniente la CNMC, sin
restricción ni limitación alguna.
Alcance.
La cesión de los derechos de propiedad intelectual por parte de la Fundación ICO a
favor de la CNMC se entiende que abarca, sin carácter limitativo, el derecho de
reproducir, distribuir, transformar y comunicar públicamente la Obra, incluido el derecho
de colección y a su puesta a disposición mediante enlace, vínculo, descarga o por
cualquier otro acto de comunicación pública, incluyendo la reproducción de la Obra con
el objetivo de almacenarla como libro electrónico para uso privado o público y
transformarla incluyendo su traducción y adaptación para su explotación de forma única
o fraccionada, en capítulos o seriada, en cualquier modalidad de edición (en forma de
libro u otro soporte impreso, así como en soportes electrónicos o informáticos).
La cesión en exclusiva comprende la posible cesión (total o parcial y en el país o en
el extranjero – a favor de terceros – con carácter de exclusiva o sin dicho carácter) de los
derechos de explotación aquí cedidos, e incluyendo otras modalidades de explotación no
expresamente recogidas y los derechos subsidiarios de la Obra, tanto por iniciativa
directa de la CNMC como en el supuesto de iniciativa de terceros pactada por la CNMC
en las modalidades y condiciones que ésta estime oportuno, sin carácter limitativo
alguno.
Asimismo, la CNMC está facultada para conceder las oportunas autorizaciones o
licencias respecto a cualquiera de los derechos y/o modalidades de explotación de la Obra.
Igualmente, la CNMC estará facultada para asumir en un futuro la elaboración,
producción, edición y explotación de la Obra.
Fundación ICO, responde de la pacífica adquisición y tenencia de los derechos
necesarios para la explotación de la Obra y en su condición de coautoría, declara
conocer y aceptar la cesión en exclusiva, gratuita e indefinida de los derechos de
explotación, así como cualquier modalidad o condiciones de utilización de los mismos
por parte de la CNMC, incluido el derecho de colección. La CNMC queda facultada para
el ejercicio de cualesquiera acciones otorgue la ley en orden a la protección y defensa de
la Obra, así como para, en su caso, su inscripción en el Registro de la Propiedad
Intelectual y/o en cualquier otro registro.
Fundación ICO responde de la autoría y originalidad de la Obra, así como del
ejercicio pacífico de los derechos que cede en el presente convenio y manifiesta que
sobre estos derechos no tiene contraído ni contraerá ningún compromiso que atente
contra los derechos que corresponden a la CNMC, de acuerdo con lo que se establece
en este convenio.
La CNMC, en el ejercicio de los derechos que le son cedidos, se compromete a
mantener visible la mención de la autoría y copyright editorial de la OBRA en los
términos en los que le son cedidos, observando las Normas de Seguridad e
cve: BOE-A-2023-18909
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 209
Viernes 1 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 122279
Con base en lo expuesto anteriormente, y recociéndose ambas partes la capacidad
legal necesaria en la representación que actúan, acuerdan suscribir el presente convenio
de colaboración de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es la cesión indefinida y gratuita por parte de la
Fundación ICO a la CNMC del repositorio de todos los anuarios de la competencia
publicados en el microsite de la Fundación ICO y de todos los derechos de propiedad
intelectual (reproducción, distribución, transformación y comunicación pública) que le son
inherentes a la meritada obra Anuario de la Competencia, con carácter de exclusiva y
para su edición y comercialización en todos los idiomas y para el ámbito territorial
mundial en todas las formas y modalidades que estime conveniente la CNMC, sin
restricción ni limitación alguna.
Alcance.
La cesión de los derechos de propiedad intelectual por parte de la Fundación ICO a
favor de la CNMC se entiende que abarca, sin carácter limitativo, el derecho de
reproducir, distribuir, transformar y comunicar públicamente la Obra, incluido el derecho
de colección y a su puesta a disposición mediante enlace, vínculo, descarga o por
cualquier otro acto de comunicación pública, incluyendo la reproducción de la Obra con
el objetivo de almacenarla como libro electrónico para uso privado o público y
transformarla incluyendo su traducción y adaptación para su explotación de forma única
o fraccionada, en capítulos o seriada, en cualquier modalidad de edición (en forma de
libro u otro soporte impreso, así como en soportes electrónicos o informáticos).
La cesión en exclusiva comprende la posible cesión (total o parcial y en el país o en
el extranjero – a favor de terceros – con carácter de exclusiva o sin dicho carácter) de los
derechos de explotación aquí cedidos, e incluyendo otras modalidades de explotación no
expresamente recogidas y los derechos subsidiarios de la Obra, tanto por iniciativa
directa de la CNMC como en el supuesto de iniciativa de terceros pactada por la CNMC
en las modalidades y condiciones que ésta estime oportuno, sin carácter limitativo
alguno.
Asimismo, la CNMC está facultada para conceder las oportunas autorizaciones o
licencias respecto a cualquiera de los derechos y/o modalidades de explotación de la Obra.
Igualmente, la CNMC estará facultada para asumir en un futuro la elaboración,
producción, edición y explotación de la Obra.
Fundación ICO, responde de la pacífica adquisición y tenencia de los derechos
necesarios para la explotación de la Obra y en su condición de coautoría, declara
conocer y aceptar la cesión en exclusiva, gratuita e indefinida de los derechos de
explotación, así como cualquier modalidad o condiciones de utilización de los mismos
por parte de la CNMC, incluido el derecho de colección. La CNMC queda facultada para
el ejercicio de cualesquiera acciones otorgue la ley en orden a la protección y defensa de
la Obra, así como para, en su caso, su inscripción en el Registro de la Propiedad
Intelectual y/o en cualquier otro registro.
Fundación ICO responde de la autoría y originalidad de la Obra, así como del
ejercicio pacífico de los derechos que cede en el presente convenio y manifiesta que
sobre estos derechos no tiene contraído ni contraerá ningún compromiso que atente
contra los derechos que corresponden a la CNMC, de acuerdo con lo que se establece
en este convenio.
La CNMC, en el ejercicio de los derechos que le son cedidos, se compromete a
mantener visible la mención de la autoría y copyright editorial de la OBRA en los
términos en los que le son cedidos, observando las Normas de Seguridad e
cve: BOE-A-2023-18909
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.