III. Otras disposiciones. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-18766)
Resolución de 28 de agosto de 2023, de la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para colaborar en la organización de la Reunión Informal Ministerial del Consejo de Asuntos Exteriores y de Defensa a celebrar en Toledo durante los días 29, 30 y 31 de agosto de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 206
Martes 29 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121049
La UCLM, en el entendimiento de que la celebración de la RIM del Consejo de
Asuntos Exteriores y de Defensa en Toledo es un acontecimiento que, sin duda, ayudará
a reforzar la proyección europea de la Universidad, se compromete a:
– Coordinarse con la OCPUE, facilitando toda aquella información logística que
resulte de utilidad para garantizar el correcto desarrollo de la Reunión Informal Ministerial
del Consejo de Asuntos Exteriores y Defensa, en especial, suministrando información
correspondiente a las actividades culturales del programa de la reunión.
– Colaborar con la OCPUE en la celebración de la RIM, poniendo a su disposición el
Campus Universitario Tecnológico de Toledo (antigua Fábrica de Armas de Toledo) entre
el 26 de agosto y 1 septiembre, con las salas y requisitos que se especifican en el
anexo I, sin coste para la OCPUE.
Por su parte, la OCPUE se compromete a:
– Cuidar debidamente los espacios del Campus Universitario Tecnológico de Toledo,
con el compromiso de dejarlos en las condiciones de uso iniciales para el desarrollo
ordinario de su labor educativa, cuidando especialmente el mobiliario, equipos o
cualquier otro medio que la universidad haya puesto a su disposición.
– Cumplir todas las normas establecidas por la UCLM en materia de seguridad y
prevención de riesgos laborales, exigibles en el documento de «Buenas Prácticas
Preventivas, organización de actos públicos y/o cesión de instalaciones y locales a
terceros». Además del cumplimiento de los aforos establecidos, en el del control de
acceso para la acreditación de los participantes se deberá asegurar que todas las salidas
de evacuación permanezcan practicables para este uso en todo momento.
– Apoyar a la UCLM en el impulso de su proyección internacional como centro de
vocación europeísta volcado en el análisis y difusión de conocimiento académico en el
ámbito de la Unión Europea.
– Reflejar la participación de la UCLM en los medios de difusión del evento, dando a
su colaboración la máxima difusión posible conforme a la cláusula séptima del presente
convenio.
En todo caso, ambas partes se comprometen, respectivamente, a coordinar la
correcta gestión de las tareas que deriven de los compromisos citados con anterioridad,
asumiendo cada una de ellas la responsabilidad por las acciones desarrolladas por su
propio personal.
Cuarta.
Financiación.
Del convenio no se derivan costes económicos para las partes.
Quinta. Seguimiento y control.
Sexta. Eficacia, vigencia y transparencia.
El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo
de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-18766
Verificable en https://www.boe.es
Se constituye una Comisión Mixta, integrada por dos representantes, titular y
suplente, por cada una de las partes, a la que corresponderá velar por el correcto
desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este convenio. Dicha Comisión se reunirá
tantas veces como sus miembros acuerden.
Núm. 206
Martes 29 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121049
La UCLM, en el entendimiento de que la celebración de la RIM del Consejo de
Asuntos Exteriores y de Defensa en Toledo es un acontecimiento que, sin duda, ayudará
a reforzar la proyección europea de la Universidad, se compromete a:
– Coordinarse con la OCPUE, facilitando toda aquella información logística que
resulte de utilidad para garantizar el correcto desarrollo de la Reunión Informal Ministerial
del Consejo de Asuntos Exteriores y Defensa, en especial, suministrando información
correspondiente a las actividades culturales del programa de la reunión.
– Colaborar con la OCPUE en la celebración de la RIM, poniendo a su disposición el
Campus Universitario Tecnológico de Toledo (antigua Fábrica de Armas de Toledo) entre
el 26 de agosto y 1 septiembre, con las salas y requisitos que se especifican en el
anexo I, sin coste para la OCPUE.
Por su parte, la OCPUE se compromete a:
– Cuidar debidamente los espacios del Campus Universitario Tecnológico de Toledo,
con el compromiso de dejarlos en las condiciones de uso iniciales para el desarrollo
ordinario de su labor educativa, cuidando especialmente el mobiliario, equipos o
cualquier otro medio que la universidad haya puesto a su disposición.
– Cumplir todas las normas establecidas por la UCLM en materia de seguridad y
prevención de riesgos laborales, exigibles en el documento de «Buenas Prácticas
Preventivas, organización de actos públicos y/o cesión de instalaciones y locales a
terceros». Además del cumplimiento de los aforos establecidos, en el del control de
acceso para la acreditación de los participantes se deberá asegurar que todas las salidas
de evacuación permanezcan practicables para este uso en todo momento.
– Apoyar a la UCLM en el impulso de su proyección internacional como centro de
vocación europeísta volcado en el análisis y difusión de conocimiento académico en el
ámbito de la Unión Europea.
– Reflejar la participación de la UCLM en los medios de difusión del evento, dando a
su colaboración la máxima difusión posible conforme a la cláusula séptima del presente
convenio.
En todo caso, ambas partes se comprometen, respectivamente, a coordinar la
correcta gestión de las tareas que deriven de los compromisos citados con anterioridad,
asumiendo cada una de ellas la responsabilidad por las acciones desarrolladas por su
propio personal.
Cuarta.
Financiación.
Del convenio no se derivan costes económicos para las partes.
Quinta. Seguimiento y control.
Sexta. Eficacia, vigencia y transparencia.
El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo
de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-18766
Verificable en https://www.boe.es
Se constituye una Comisión Mixta, integrada por dos representantes, titular y
suplente, por cada una de las partes, a la que corresponderá velar por el correcto
desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este convenio. Dicha Comisión se reunirá
tantas veces como sus miembros acuerden.