III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-18729)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ayuntamiento de Santander, la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, para colaborar en la organización de la reunión informal ministerial de investigación a celebrar en Santander durante los días 27 y 28 de julio de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Lunes 28 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 120843
exceso que corresponda, en el plazo máximo de un mes desde que se hubiera aprobado
la liquidación.
Transcurrido el plazo máximo de un mes, mencionado en el párrafo anterior, sin que
se haya producido el reintegro, se deberá abonar a dicha parte, también en el plazo de
un mes a contar desde ese momento, el interés de demora aplicable al citado reintegro,
que será en todo caso el que resulte de las disposiciones de carácter general
reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público.
b) Si fuera superior, la otra parte del convenio, en el plazo de un mes desde la
aprobación de la liquidación, deberá abonar a la parte de que se trate la diferencia que
corresponda, con el límite máximo de las cantidades que se hubiera comprometido a
aportar en virtud del convenio. En ningún caso se tendrá derecho a exigir cuantía alguna
que supere los citados límites máximos.
c) No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de
resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y control del convenio, podrán
acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren
oportunas, en un plazo improrrogable de tres meses, transcurrido el cual deberá
realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el apartado
anterior.
Y de conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las facultades que legalmente
corresponden a cada uno de los firmantes y obligando a las partes que cada cual
representan, se suscribe el presente convenio en el lugar y fecha indicados.–La
Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Santander, Gema Igual Ortiz.–La
Presidenta del Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Turismo de
Santander, M.P., SA, Miriam Díaz Herrera.–El Rector magnífico de la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Carlos Andradas Heranz.–La Directora de la
Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, María
Aurora Mejía Errasquín.
ANEXO I
Convenio Ayto. Santander, Santander destino y UIMP
Fecha inicio cesión 2023 (Convenio 17 de mayo de 2022). 15/06/2023
Fecha fin cesión 2023 (Convenio 17 de mayo de 2022).
30/09/2023
Gastos mantenimiento, limpieza y suministros 2023.
231.220,22
Seguro responsabilidad civil 2023.
6.243,97
Coste total.
237.464,19
Días de cesión de los espacios durante 2023.
108 días
Coste total diario.
2.198,74
Fecha inicio del uso por la OCPUE. 21/07/2023
Fecha fin del uso por la OCPUE.
Días de uso por la OCPUE.
Coste total diario.
Total coste uso de espacios.
29/07/2023
9 días
2.198,74
19.788,66
cve: BOE-A-2023-18729
Verificable en https://www.boe.es
Convenio con la OCPUE
Núm. 205
Lunes 28 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 120843
exceso que corresponda, en el plazo máximo de un mes desde que se hubiera aprobado
la liquidación.
Transcurrido el plazo máximo de un mes, mencionado en el párrafo anterior, sin que
se haya producido el reintegro, se deberá abonar a dicha parte, también en el plazo de
un mes a contar desde ese momento, el interés de demora aplicable al citado reintegro,
que será en todo caso el que resulte de las disposiciones de carácter general
reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público.
b) Si fuera superior, la otra parte del convenio, en el plazo de un mes desde la
aprobación de la liquidación, deberá abonar a la parte de que se trate la diferencia que
corresponda, con el límite máximo de las cantidades que se hubiera comprometido a
aportar en virtud del convenio. En ningún caso se tendrá derecho a exigir cuantía alguna
que supere los citados límites máximos.
c) No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de
resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y control del convenio, podrán
acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren
oportunas, en un plazo improrrogable de tres meses, transcurrido el cual deberá
realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el apartado
anterior.
Y de conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las facultades que legalmente
corresponden a cada uno de los firmantes y obligando a las partes que cada cual
representan, se suscribe el presente convenio en el lugar y fecha indicados.–La
Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Santander, Gema Igual Ortiz.–La
Presidenta del Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Turismo de
Santander, M.P., SA, Miriam Díaz Herrera.–El Rector magnífico de la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Carlos Andradas Heranz.–La Directora de la
Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, María
Aurora Mejía Errasquín.
ANEXO I
Convenio Ayto. Santander, Santander destino y UIMP
Fecha inicio cesión 2023 (Convenio 17 de mayo de 2022). 15/06/2023
Fecha fin cesión 2023 (Convenio 17 de mayo de 2022).
30/09/2023
Gastos mantenimiento, limpieza y suministros 2023.
231.220,22
Seguro responsabilidad civil 2023.
6.243,97
Coste total.
237.464,19
Días de cesión de los espacios durante 2023.
108 días
Coste total diario.
2.198,74
Fecha inicio del uso por la OCPUE. 21/07/2023
Fecha fin del uso por la OCPUE.
Días de uso por la OCPUE.
Coste total diario.
Total coste uso de espacios.
29/07/2023
9 días
2.198,74
19.788,66
cve: BOE-A-2023-18729
Verificable en https://www.boe.es
Convenio con la OCPUE