III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-18689)
Resolución de 21 de agosto de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Vivir Sin Barreras, para mejorar la accesibilidad a los museos estatales a los visitantes con movilidad reducida.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 204
Sábado 26 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 120734
incluir en las reuniones de la Comisión de Seguimiento o desarrollar las conclusiones de
ésta. Podrán ser convocados, además de los miembros de la comisión mixta, aquellas
personas expertas que requiera la naturaleza de los asuntos a tratar, que actuarán con
voz y sin voto. En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de
forma presencial como a distancia, siempre que se asegure por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
La comisión establecerá su régimen de funcionamiento una vez constituida.
Séptima.
Personal.
El personal que participe en la ejecución del presente convenio seguirá bajo la
dirección y dependencia de la entidad a la que esté ligado por relación laboral o de
servicios sin que, en modo alguno, tal relación se modifique o pueda modificarse en
virtud de este convenio, al igual que las relaciones jurídicas que pudiera establecer
FUNVIBA con otras empresas o entidades para el cumplimiento de las obligaciones
derivadas de este convenio no podrán sustituir o interferir en la labor del personal del
Ministerio de Cultura y Deporte.
Octava. Protección de datos de carácter personal.
Novena.
Causas de extinción y resolución.
a. El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
cve: BOE-A-2023-18689
Verificable en https://www.boe.es
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes
implicadas en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente
convenio atenderán a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en relación con los
datos personales de los interlocutores o representantes con los que se relacionarán.
Los datos de carácter personal de los firmantes del presente convenio y de las
personas que se faciliten de la otra parte, serán tratados con la finalidad de gestionar la
relación contractual que se formalice entre las partes, siendo la base legitimadora del
tratamiento la ejecución del presente convenio y las actuaciones que se deriven, en
cumplimiento del artículo 4.7 del Reglamento General de Protección de Datos
[Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016]. En este sentido, las partes se comprometen a que los datos facilitados no se
cederán a terceros, salvo obligación legal.
Se podrán publicar datos de las partes de acuerdo con la normativa de transparencia
del sector público. Para el ejercicio de los derechos reconocidos en el Reglamento
General de Protección de Datos (acceso a los datos, rectificación, supresión, solicitar la
limitación del tratamiento y oposición) la persona interesada podrá dirigirse en cualquier
momento a la otra parte en la dirección que figura en el encabezamiento de este
convenio.
Ambas partes respetarán el carácter confidencial de aquella información
perteneciente a cualquiera de las partes que por su propia naturaleza deba tener
carácter reservado, información a la que tengan acceso en la ejecución del convenio.
Las partes se obligan a mantener en secreto dicha información, tanto durante el plazo de
vigencia de este convenio como después de su expiración, salvo en aquellos aspectos
que hubiera pasado al dominio público o fuere notoria por medios ajenos a las partes.
Núm. 204
Sábado 26 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 120734
incluir en las reuniones de la Comisión de Seguimiento o desarrollar las conclusiones de
ésta. Podrán ser convocados, además de los miembros de la comisión mixta, aquellas
personas expertas que requiera la naturaleza de los asuntos a tratar, que actuarán con
voz y sin voto. En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de
forma presencial como a distancia, siempre que se asegure por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
La comisión establecerá su régimen de funcionamiento una vez constituida.
Séptima.
Personal.
El personal que participe en la ejecución del presente convenio seguirá bajo la
dirección y dependencia de la entidad a la que esté ligado por relación laboral o de
servicios sin que, en modo alguno, tal relación se modifique o pueda modificarse en
virtud de este convenio, al igual que las relaciones jurídicas que pudiera establecer
FUNVIBA con otras empresas o entidades para el cumplimiento de las obligaciones
derivadas de este convenio no podrán sustituir o interferir en la labor del personal del
Ministerio de Cultura y Deporte.
Octava. Protección de datos de carácter personal.
Novena.
Causas de extinción y resolución.
a. El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
cve: BOE-A-2023-18689
Verificable en https://www.boe.es
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes
implicadas en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente
convenio atenderán a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en relación con los
datos personales de los interlocutores o representantes con los que se relacionarán.
Los datos de carácter personal de los firmantes del presente convenio y de las
personas que se faciliten de la otra parte, serán tratados con la finalidad de gestionar la
relación contractual que se formalice entre las partes, siendo la base legitimadora del
tratamiento la ejecución del presente convenio y las actuaciones que se deriven, en
cumplimiento del artículo 4.7 del Reglamento General de Protección de Datos
[Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016]. En este sentido, las partes se comprometen a que los datos facilitados no se
cederán a terceros, salvo obligación legal.
Se podrán publicar datos de las partes de acuerdo con la normativa de transparencia
del sector público. Para el ejercicio de los derechos reconocidos en el Reglamento
General de Protección de Datos (acceso a los datos, rectificación, supresión, solicitar la
limitación del tratamiento y oposición) la persona interesada podrá dirigirse en cualquier
momento a la otra parte en la dirección que figura en el encabezamiento de este
convenio.
Ambas partes respetarán el carácter confidencial de aquella información
perteneciente a cualquiera de las partes que por su propia naturaleza deba tener
carácter reservado, información a la que tengan acceso en la ejecución del convenio.
Las partes se obligan a mantener en secreto dicha información, tanto durante el plazo de
vigencia de este convenio como después de su expiración, salvo en aquellos aspectos
que hubiera pasado al dominio público o fuere notoria por medios ajenos a las partes.