III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-18655)
Resolución de 11 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Campos de Zuloaga, de 62 MW de potencia nominal, y sus infraestructuras de evacuación, en Cizur, Cendea de Olza y Orcoyen (Navarra)".
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 120556

partirá una línea de evacuación aérea de 220 kV y 5,69 km de longitud hasta la
Subestación Colectora «Promotores Orcoyen». Son objeto también de esta evaluación
ambiental las Infraestructuras Comunes de Evacuación (ICE) con otros promotores
solares y eólicos (la PSFV Campos de Zuloaga, dos parques eólicos y cuatro plantas
fotovoltaicas independientes), compuestas por dicha Subestación Colectora «Promotores
Orcoyen», y la línea subterránea de alta tensión (220 kV) de 472 m que la conecta con la
Subestación «Orcoyen» de 220 kV (REE).
La Planta Solar Fotovoltaica y su infraestructura de evacuación estarán ubicadas en
los términos municipales de Cizur y Cendea de Olza, y sus ICE se encuentran en los
términos municipales de Cendea de Olza y Orcoyen. Toda la actuación se ubica en la
Comunidad Foral de Navarra.
2.

Tramitación del procedimiento

El Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno de Navarra
realiza anuncio en el Boletín Oficial de Navarra (BON) número 196, de 20 de agosto
de 2021 y en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) número 207, de 30 de agosto
de 2021. También estuvo publicado durante 30 días hábiles en los tablones de anuncios
de los Ayuntamientos afectados. Además, el órgano sustantivo realizó el trámite de
consulta a administraciones públicas afectadas y personas interesadas, en virtud del
artículo 37 de la Ley 21/2013.
La Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico remitió el 13 de febrero de 2022 a esta Dirección
General, la solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria del proyecto.
Esta Dirección General comunicó al promotor el 2 de marzo de 2022 que se le daba
audiencia previa a la inadmisión a trámite del expediente conforme al artículo 39.4.b) de
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al estimar que el EsIA no
reunía condiciones de calidad suficientes, en tanto en cuanto no aportaba un estudio de
fauna de un mínimo de un ciclo anual completo. El promotor respondió el 16 de marzo
de 2022, aportando el estudio de avifauna a falta de la última visita a campo,
comprometiéndose a su envío completo una vez realizada dicha visita. El 4 de mayo
de 2022 aportó el estudio de avifauna de un ciclo anual completo.
El 30 de marzo de 2022, esta Dirección General resolvió continuar con el
procedimiento, a la espera de la recepción del estudio de avifauna definitivo,
concluyendo que el expediente no estaba completo conforme al artículo 40.1 de la
Ley 21/2013, ya que no constaban los informes preceptivos de patrimonio cultural y
planificación hidrológica y dominio público hidráulico. Se realizaron requerimientos de
subsanación al órgano sustantivo de dichos informes previstos en el artículo 37.2 de la
citada norma. El expediente se completó con la recepción de todos los informes
preceptivos, el 28 de junio de 2022.
Posteriormente, desde esta Dirección General se envió, el 11 de agosto de 2022, un
requerimiento de información adicional al promotor, según lo dispuesto en el artículo 40.3
de la Ley 21/2013. Se solicitó descripción de detalle de todas las modificaciones
introducidas hasta esa fecha en el proyecto, aclaración sobre el vial de acceso de nueva
construcción, el estudio de alternativas de trazados de la línea de evacuación, valorando
su soterramiento; ampliación de la Propuesta de medidas y del Programa de Vigilancia
Ambiental, y toda la cartografía en formato digital. El promotor respondió a este
requerimiento con nuevos documentos aportados el 17 de noviembre de 2022.
El 24 de febrero de 2023 se requirió a la Dirección General de Medio Ambiente del
Gobierno de Navarra, conforme al artículo 40.5 de la Ley 21/2013, que se pronunciara
sobre la viabilidad ambiental del proyecto con las últimas modificaciones propuestas por
el promotor. El 30 de marzo de 2023 se recibe informe de dicha Dirección General, en
respuesta al requerimiento realizado.

cve: BOE-A-2023-18655
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 203