III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-17613)
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Política Territorial y el Instituto Nacional de Estadística, para el impulso de la modernización de los sistemas de gestión del padrón de las entidades locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113241
Todas las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir este
convenio y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece como uno de los
principios generales de actuación de las Administraciones Públicas, el principio de
cooperación, colaboración y coordinación. Asimismo, la propia ley regula en su capítulo
VI del título preliminar el convenio como instrumento con efectos jurídicos para la
formalización de acuerdos entre Administraciones para un fin común.
Segundo.
Que de acuerdo con el Real Decreto 683/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial (en adelante
MPT), corresponde al MPT, entre otras, la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de relaciones y cooperación con las comunidades autónomas y las
entidades que integran la administración local y las competencias relativas a la
organización territorial del Estado.
En este marco, el MPT participa en la implementación del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), que fue aprobado por Acuerdo del
Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021.
El PRTR incluye diez políticas tractoras o palancas, que van a incidir directamente en
aquellos sectores productivos con mayor capacidad de transformación del tejido
económico y social. En su política palanca 4, «Una Administración para el siglo XXI», el
PRTR recoge un conjunto de medidas orientadas a incrementar la productividad, la
eficiencia y la eficacia de la Administración General del Estado (en adelante, AGE), en la
que se incluye el componente 11: «Modernización de las Administraciones públicas»,
que a su vez contempla una serie de reformas e inversiones destinadas a la
digitalización de la administración y sus procesos, la reducción de la temporalidad de los
empleados públicos, la transición energética de la administración y la modernización de
la gestión pública.
La inversión 3 del componente 11 está dirigida a la transformación digital y
modernización de las distintas administraciones públicas a través del cumplimiento de
los hitos 167 y 169 y del objetivo 168 del PRTR y dispone de una financiación que
asciende a 1.000 millones de euros en el periodo 2021-2023. De esta cantidad se
destinarán, a lo largo del periodo 2021-2023, 391,4 millones de euros a las entidades
locales.
En este marco, el apoyo a la transformación digital de las administraciones locales se
está llevando a cabo a través de convocatorias de subvenciones dirigidas a la realización
de proyectos vinculados con la transformación digital, entre ellas, la destinada al impulso
de la modernización y digitalización de los sistemas de gestión del padrón de las
entidades locales.
Que de acuerdo con el artículo 2.7 del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital, el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) se
adscribe al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la
Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Se rige, básicamente, por la
Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), que regula la
actividad estadística para fines estatales, la cual es competencia exclusiva del Estado, y
por su Estatuto aprobado por el Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre.
cve: BOE-A-2023-17613
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113241
Todas las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir este
convenio y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece como uno de los
principios generales de actuación de las Administraciones Públicas, el principio de
cooperación, colaboración y coordinación. Asimismo, la propia ley regula en su capítulo
VI del título preliminar el convenio como instrumento con efectos jurídicos para la
formalización de acuerdos entre Administraciones para un fin común.
Segundo.
Que de acuerdo con el Real Decreto 683/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial (en adelante
MPT), corresponde al MPT, entre otras, la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de relaciones y cooperación con las comunidades autónomas y las
entidades que integran la administración local y las competencias relativas a la
organización territorial del Estado.
En este marco, el MPT participa en la implementación del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), que fue aprobado por Acuerdo del
Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021.
El PRTR incluye diez políticas tractoras o palancas, que van a incidir directamente en
aquellos sectores productivos con mayor capacidad de transformación del tejido
económico y social. En su política palanca 4, «Una Administración para el siglo XXI», el
PRTR recoge un conjunto de medidas orientadas a incrementar la productividad, la
eficiencia y la eficacia de la Administración General del Estado (en adelante, AGE), en la
que se incluye el componente 11: «Modernización de las Administraciones públicas»,
que a su vez contempla una serie de reformas e inversiones destinadas a la
digitalización de la administración y sus procesos, la reducción de la temporalidad de los
empleados públicos, la transición energética de la administración y la modernización de
la gestión pública.
La inversión 3 del componente 11 está dirigida a la transformación digital y
modernización de las distintas administraciones públicas a través del cumplimiento de
los hitos 167 y 169 y del objetivo 168 del PRTR y dispone de una financiación que
asciende a 1.000 millones de euros en el periodo 2021-2023. De esta cantidad se
destinarán, a lo largo del periodo 2021-2023, 391,4 millones de euros a las entidades
locales.
En este marco, el apoyo a la transformación digital de las administraciones locales se
está llevando a cabo a través de convocatorias de subvenciones dirigidas a la realización
de proyectos vinculados con la transformación digital, entre ellas, la destinada al impulso
de la modernización y digitalización de los sistemas de gestión del padrón de las
entidades locales.
Que de acuerdo con el artículo 2.7 del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital, el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) se
adscribe al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la
Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Se rige, básicamente, por la
Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), que regula la
actividad estadística para fines estatales, la cual es competencia exclusiva del Estado, y
por su Estatuto aprobado por el Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre.
cve: BOE-A-2023-17613
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.