III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-17607)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Fundación Telefónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Lunes 31 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 113201

Si durante el disfrute de un permiso de los enunciados anteriormente se produjera
una causa que justificara otra licencia, desde ese momento podrá iniciarse el permiso
correspondiente a la nueva causa, si la persona trabajadora así lo pidiera, dando por
finalizado el permiso anterior.
Los permisos serán solicitados a la persona responsable del área adscripción de la
persona trabajadora, que los concederá y comunicará al departamento de Recursos
Humanos.
La solicitud de permiso deberá formularse con la antelación prudencial máxima que
en cada caso permitan las circunstancias. En los supuestos de matrimonio de la persona
trabajadora, la solicitud deberá producirse con una antelación de siete días laborables.
2. Las personas trabajadoras están obligadas a justificar el motivo del permiso
solicitado, si así se les requiere por parte de Fundación, excepto en el caso del permiso
regulado en el apartado 1.a) del presente artículo.
Artículo 24.
1.

Permisos no retribuidos.

Permisos de hasta un mes.

Las personas trabajadoras que cuenten con una antigüedad reconocida en
Fundación Telefónica de al menos un año podrán solicitar permiso no retribuido por un

cve: BOE-A-2023-17607
Verificable en https://www.boe.es

deban permanecer hospitalizados a continuación del parto. Asimismo, tendrán derecho a
reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución
proporcional del salario.
n) Donación de sangre. Se concederá permiso por el tiempo estrictamente
necesario para donar sangre.
ñ) Voluntariado corporativo. La persona trabajadora voluntaria en activo prestará sus
servicios solidarios preferiblemente fuera de la jornada laboral. No obstante, si por razón
de los compromisos que se adquieran, la acción solidaria coincide con la jornada laboral,
se concederá hasta un total de 15 horas (a disfrutar de forma acumulada o fraccionada al
año) o el equivalente, en su caso, a dos jornadas de trabajo, únicamente para la
participación en aquellas acciones de voluntariado corporativo (es decir, aquellos
programas gestionados y organizados desde Fundación Telefónica). A estos efectos no
se computará dentro de las 15 horas las actividades desarrolladas por las personas
voluntarias el Día Internacional del Voluntariado de Telefónica.
Asimismo, aquellas personas trabajadoras que sean designadas como voluntarias
líderes o coordinadores disfrutarán de 5 horas adicionales para el cumplimiento de este
rol. El área responsable del voluntariado corporativo determinará la persona trabajadora
que pueda desempeñar esta tarea.
o) Permiso formación. Las personas trabajadoras con, al menos, un año de
antigüedad en Fundación tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales
de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de Fundación,
acumulables por un periodo de hasta cinco años. El derecho se entenderá cumplido en
todo caso cuando la persona trabajadora pueda realizar las acciones formativas dirigidas
a la obtención de la formación profesional para el empleo en el marco de un plan de
formación desarrollado por iniciativa de Fundación o comprometido por la negociación
colectiva. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá comprenderse en el derecho a que se
refiere este apartado la formación que deba obligatoriamente impartir Fundación a su
cargo conforme a lo previsto en otras Leyes. En defecto de lo previsto en este convenio
colectivo, la concreción del modo de disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo
entre la persona trabajadora y Fundación.
p) Concurrencia a pruebas de selección convocadas en Fundación. Se concede
permiso retribuido por el tiempo indispensable para asistir a las mismas y, en caso de
que de fuera necesario que la persona trabajadora realizase un desplazamiento para
concurrir a las pruebas, los gastos de dicho desplazamiento serán abonados por
Fundación, previa presentación de su justificación.