III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17616)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Nembus, Osa menor, Sextans y Lyra, de 49,50 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en Lanaja, Lalueza y Poleñino (Huesca, Zaragoza, Tarragona y Barcelona)."
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Lunes 31 de julio de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17616

Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parques eólicos Nembus, Osa menor, Sextans y
Lyra, de 49,50 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en
Lanaja, Lalueza y Poleñino (Huesca, Zaragoza, Tarragona y Barcelona).»
Antecedentes de hecho

Con fecha 22 de julio de 2022, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de
inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques
Eólicos Nembus, Osa Menor, Sextans y Lyra, de 49,50 MW cada uno, y sus
infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Lanaja, Lalueza y
Poleñino en las provincias de Huesca, Zaragoza, Tarragona y Barcelona», remitida por
Energía Inagotable de Nembus SL, Energía Inagotable de Osa Menor, SL, Energía
Inagotable de Sextans, SL, Energía Inagotable de Lyra, SL, como promotores y respecto
de la que la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano
sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA) y en las adendas presentadas. Se
incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
Descripción y localización del proyecto.

El proyecto consta de 4 parques eólicos (en adelante PEs) constituidos por 9
aerogeneradores de 5,5 MW de potencia unitaria, (49,5 MW por parque). El promotor
prevé instalar el mismo modelo de aerogenerador en todos los parques, el GE-158 5,5
MW de GE Renovable Energy, de unos 200 m de altura-120,90 m de altura de buje
(desde el centro del rotor) y palas de 77,40 m (158,00 m de diámetro de rotor).
La evacuación de la energía generada se realizará mediante líneas eléctricas
subterráneas a 30 kV hasta la SET «Castellet Oeste 30/400 kV». Las zanjas tendrán una
profundidad variable en función de si cruza por terrenos con o sin cultivo, con una
anchura mínima de 0,60 m. Adicionalmente, para cada parque se instalará una torre
meteorológica de 120,9 m de altura.
La superficie total ocupada por el conjunto de elementos será de unas 77 ha, y los
movimientos de tierra previstos serán de unos 103.113 m3, para desmonte, y 123.701 m3
para terraplén.

cve: BOE-A-2023-17616
Verificable en https://www.boe.es

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