III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-17505)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Servicio Público de Empleo Estatal, para el Servicio de Automatización Inteligente basado en el sistema de automatización robótica de procesos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112717
4. En el marco del Fondo se han destinado a la adquisición e implantación del SAI
un total de 13.407.187,9 euros correspondientes a:
a) Expediente 4026 «suministro de una solución software para la automatización
robótica de procesos», por la cantidad de 4.115.226,67 euros.
b) Expediente 4068 «servicio de apoyo al centro de excelencia de automatización
inteligente de la SGAD», por la cantidad de 9.291.961,23 euros.
Estas cantidades anuales incluyen todo tipo de impuestos, costes, gastos, tasas o
tributos que pudieran corresponder.
Quinta. Obligaciones de información, publicidad y medidas antifraude relativas al
PRTR.
1. El RPA se financia con cargo al Fondo de Recuperación Next Generation EU, y
por ello las partes deberán cumplir las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la
financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea (en
adelante MRR).
2. A tal efecto, las Partes acuerdan:
a) Que serán responsables de la fiabilidad y del seguimiento de la ejecución de las
actuaciones, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución
de cada actuación a través del reporte en la Comisión de Seguimiento del convenio.
b) Que deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a
desarrollar por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos
terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor
de los indicadores de seguimiento del PRTR.
c) Que cuando se hable de las actuaciones objeto del presente convenio, se informe al
público de la participación de la Unión Europea y financiación a través del MRR.
A estos efectos, se colocará un distintivo explicativo, permanente y visible en la
documentación asociada y los productos financiados a través del MRR que de
conformidad el artículo 34.2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y de las normas gráficas establecidas en el artículo 9 de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluya lo siguiente:
a. El emblema de la Unión Europea, de acuerdo con las normas gráficas y los
colores normalizados establecidos en el Anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014
de la Comisión, de 28 de julio de 2014.
b. Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea - Next Generation EU».
c. Logo oficial del PRTR, disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/
identidad-visual.
En todo caso, se seguirá lo establecido por el Manual de marca del PRTR elaborado
por el Gobierno de España.
d) Que las Partes cumplan cuantas disposiciones comunitarias y nacionales le
resulten aplicables como destinatarias de las actuaciones cofinanciables, así como a
permitir y facilitar que se puedan realizar las auditorías y comprobaciones necesarias
para verificar el cumplimiento de la normativa aplicable.
e) Que las partes conserven la documentación administrativa relacionada con las
actuaciones objeto del presente convenio que, dada su naturaleza, le corresponda
custodiar.
f) Que se apliquen medidas antifraude eficaces y proporcionadas, en su ámbito de
gestión, sobre el cumplimiento de la normativa en materia de subvenciones y, en su
cve: BOE-A-2023-17505
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112717
4. En el marco del Fondo se han destinado a la adquisición e implantación del SAI
un total de 13.407.187,9 euros correspondientes a:
a) Expediente 4026 «suministro de una solución software para la automatización
robótica de procesos», por la cantidad de 4.115.226,67 euros.
b) Expediente 4068 «servicio de apoyo al centro de excelencia de automatización
inteligente de la SGAD», por la cantidad de 9.291.961,23 euros.
Estas cantidades anuales incluyen todo tipo de impuestos, costes, gastos, tasas o
tributos que pudieran corresponder.
Quinta. Obligaciones de información, publicidad y medidas antifraude relativas al
PRTR.
1. El RPA se financia con cargo al Fondo de Recuperación Next Generation EU, y
por ello las partes deberán cumplir las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la
financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea (en
adelante MRR).
2. A tal efecto, las Partes acuerdan:
a) Que serán responsables de la fiabilidad y del seguimiento de la ejecución de las
actuaciones, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución
de cada actuación a través del reporte en la Comisión de Seguimiento del convenio.
b) Que deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a
desarrollar por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos
terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor
de los indicadores de seguimiento del PRTR.
c) Que cuando se hable de las actuaciones objeto del presente convenio, se informe al
público de la participación de la Unión Europea y financiación a través del MRR.
A estos efectos, se colocará un distintivo explicativo, permanente y visible en la
documentación asociada y los productos financiados a través del MRR que de
conformidad el artículo 34.2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y de las normas gráficas establecidas en el artículo 9 de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluya lo siguiente:
a. El emblema de la Unión Europea, de acuerdo con las normas gráficas y los
colores normalizados establecidos en el Anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014
de la Comisión, de 28 de julio de 2014.
b. Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea - Next Generation EU».
c. Logo oficial del PRTR, disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/
identidad-visual.
En todo caso, se seguirá lo establecido por el Manual de marca del PRTR elaborado
por el Gobierno de España.
d) Que las Partes cumplan cuantas disposiciones comunitarias y nacionales le
resulten aplicables como destinatarias de las actuaciones cofinanciables, así como a
permitir y facilitar que se puedan realizar las auditorías y comprobaciones necesarias
para verificar el cumplimiento de la normativa aplicable.
e) Que las partes conserven la documentación administrativa relacionada con las
actuaciones objeto del presente convenio que, dada su naturaleza, le corresponda
custodiar.
f) Que se apliquen medidas antifraude eficaces y proporcionadas, en su ámbito de
gestión, sobre el cumplimiento de la normativa en materia de subvenciones y, en su
cve: BOE-A-2023-17505
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 180