III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-17510)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la regulación del Centro de Biología Molecular Severo Ochoa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Sábado 29 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 112766

CAPÍTULO III
Organización del Centro
Octava. Órganos.
1.

El Centro se organiza mediante los siguientes órganos, según su naturaleza:

a) Órgano de gobierno: Comisión Rectora.
b) Órganos de dirección: Dirección, Vicedirección/es, Junta.
c) Órgano de gestión: Gerencia.
d) Órganos de asesoramiento: Claustro Científico y Comité
Asesoramiento Científico.

Externo

de

2. En todo lo no previsto en este convenio, la composición o designación, funciones
y normas de funcionamiento de los órganos del Centro se regirá por lo dispuesto en el
RRI, pudiendo la Comisión Rectora aprobar cuantas normas internas de desarrollo sean
necesarias para el funcionamiento del Centro y de los órganos del mismo.
3. Los órganos colegiados del Centro se regirán por lo dispuesto en este convenio y
en el RRI y, con carácter supletorio, por las disposiciones de la sección tercera del
capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Podrán constituirse, convocarse, celebrar sus sesiones, adoptar
acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia por medios
electrónicos, de conformidad con el artículo 17 de dicha Ley.
Los miembros de los órganos colegiados del Centro no percibirán ningún tipo de
retribución por su participación en los mismos.
8.1

Comisión Rectora.

1. La Comisión Rectora es el órgano de gobierno del CBM y tiene competencias
sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y
buen funcionamiento del Centro, ejerciendo las funciones comisión de seguimiento del
convenio de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
2. Composición.
2.1

Son miembros de la Comisión Rectora:

a) Dos vocales en representación de la UAM, designados por su Rector/a.
b) Dos vocales en representación del CSIC, designados por su Presidencia.
Los miembros de la Comisión Rectora no podrán tener la condición de personal
adscrito al Centro.
2.2 Las personas titulares de la Dirección, la Vicedirección y la Gerencia asistirán a
las reuniones con voz y sin voto.
2.3 A propuesta de cualquier miembro de la Comisión Rectora, podrán ser invitados
a las reuniones, con voz y sin voto, personas ajenas a la misma cuando lo requiera la
naturaleza de los asuntos a tratar.

a) Conocer el Plan Estratégico plurianual del CBM y los Planes de Actuación
anuales que lo desarrollen, elevándolos a las instituciones cotitulares para, en su caso,
su evaluación y/o aprobación.
b) Aprobar, a propuesta de la Dirección, el presupuesto anual de ingresos y gastos
y la memoria anual de liquidación del ejercicio anterior.
c) Conocer la memoria anual de actividades aprobada por la Junta.

cve: BOE-A-2023-17510
Verificable en https://www.boe.es

3. Funciones.