III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17506)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Rediseño de las maniobras de salida, llegada y aproximaciones instrumentales para el aeropuerto de Málaga-Costa del Sol. Proyecto Midas".
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Sábado 29 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 112723

Consultados

Respuesta

Ayuntamiento de Teba.

No

Ayuntamiento de Torremolinos.

No

Ayuntamiento de Valle de Abdalajís.

No

Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción.

No
Entidades

WWF/ADENA.

No

SEO/BIRDLIFE.

No

Ecologistas en Acción.

No

Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente.

No

* Informes recibidos mediante requerimiento a órgano superior jerárquico.
1. Se ha recibido informe de la Delegación Territorial en Málaga de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
2. Se ha recibido informe del Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía y
de los Servicios de Espacios Naturales Protegidos de las Delegaciones Territoriales de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada y Málaga.
3. Se ha recibido informe de la Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.
4. Se ha recibido informe de la Dirección General de Movilidad y Transportes de la Consejería de Fomento, Administración del Territorio y Vivienda.
5. Se ha recibido informe de la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

Ninguna de las contestaciones identifica impactos ambientales significativos ni la
necesidad de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto.
Tampoco, sugieren modificaciones sustanciales sobre el diseño de la actuación con
objeto de minimizar los impactos ambientales. Los aspectos más relevantes de los
informes recibidos se integran en los apartados «c» y «e» de esta resolución.
Una vez analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, según
los criterios del Anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Características del proyecto

El objeto del proyecto es la remodelación y optimización de las actuales maniobras
instrumentales en el aeropuerto de Málaga-Costa del Sol mediante la modernización de
los procedimientos convencionales vigentes de llegadas, salidas y aproximaciones,
adaptándolos a las especificaciones de navegación aérea RNAV basada en prestaciones
PBN. Se denomina RNAV al método de navegación aérea basada en puntos que no se
corresponden con radioayudas en tierra. Ello supone, a efectos prácticos, la sustitución
de casi todas las maniobras de navegación convencional actualmente vigentes.
Además de dar respuesta al Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1048 de la
Comisión, de 18 de julio de 2018, su implementación contribuye a aplicar la «Política y
Marco Estratégico para la implantación de la PBN» adoptada por el Ministerio de
Fomento, en abril de 2014, así como el Plan Estratégico de Navegación Aérea (Plan de
Vuelo 2020) elaborado por ENAIRE. Los requisitos y procedimientos relativos a la PBN
deben sustentarse en las normas elaboradas por la Organización de Aviación Civil
Internacional (OACI) y su aplicación debe realizarse de conformidad con el «Plan
mundial de navegación aérea 2016-2030» de la OACI y el «Plan Maestro de Gestión del
Tránsito Aéreo», relativo a las permanentes mejoras de la seguridad operacional y la
modernización de la navegación aérea.
El proyecto no implica cambio en el uso de pistas, ni incremento de la capacidad del
aeropuerto. Se mantendrá el modo de operación actual del aeropuerto, con un uso
segregado de pistas, así como, las actuales restricciones operativas por ruido en la
pista 12/30, conforme a lo establecido en la declaración de impacto ambiental aprobada

cve: BOE-A-2023-17506
Verificable en https://www.boe.es

a.