III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-17489)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Santander, el Gobierno de Cantabria y Renfe-Operadora, para ejecutar la segunda fase de la integración ferroviaria en el municipio de Santander.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112624
Sexto.
Que la vigencia del convenio finalizará el 31 de diciembre de 2025, salvo acuerdo
entre las partes o incumplimiento denunciado del mismo, una vez ejecutadas las
actuaciones previstas en el convenio, de acuerdo con la cláusula decimoprimera del
mismo. Con la reprogramación económica aprobada en la comisión de seguimiento, se
incorporan al convenio las anualidades 2026, 2027 y 2028.
Séptimo.
Como consecuencia de lo anterior, las Partes consideran necesario modificar la
cláusula tercera (financiación de las actuaciones), y, al mismo tiempo, están de acuerdo
en prorrogar dicho convenio por un periodo de tres (3) años adicionales, es decir, hasta
al próximo 31 de diciembre de 2028.
En consecuencia, las partes consideran procedente la celebración de la presente
adenda modificativa y prórroga del convenio, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Carácter de la adenda.
Las partes declaran el carácter modificativo parcial y no extintivo de la presente
adenda, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en este documento,
lo dispuesto en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
Segunda. Modificación del contenido del convenio.
Se modifica parcialmente la cláusula tercera que queda redactada de la siguiente forma:
«Tercera.
Financiación de las actuaciones.
Actuaciones cofinanciadas.
De la distribución de porcentajes de financiación de las actuaciones no
estrictamente ferroviarias pero necesarias para la adecuada integración del
ferrocarril, que serán cofinanciadas por las partes (creación de terreno en altura
mediante cobertura de vías y urbanización de todo el ámbito) y que se establecen
en la cláusula primera, resultarían las siguientes aportaciones:
Adif (50 %): 49,560 M euros.
Ayuntamiento de Santander (20 %): 19,824 M euros.
Gobierno de Cantabria (30 %): 29,736 M euros.
Total: 99,120 M euros.
Para la ejecución de las obras, Adif pagará el 100 % de los importes derivados
de dicha ejecución de acuerdo al siguiente calendario estimado:
Adif.
Datos en millones de euros.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
0,808
1,162
0,000
0,000
0,000
0,250
2024
2025
2026
13,880 52,880 23,000
2027
7,140
2028
Total
99,120
cve: BOE-A-2023-17489
Verificable en https://www.boe.es
Programación de los pagos según el plan de obra:
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112624
Sexto.
Que la vigencia del convenio finalizará el 31 de diciembre de 2025, salvo acuerdo
entre las partes o incumplimiento denunciado del mismo, una vez ejecutadas las
actuaciones previstas en el convenio, de acuerdo con la cláusula decimoprimera del
mismo. Con la reprogramación económica aprobada en la comisión de seguimiento, se
incorporan al convenio las anualidades 2026, 2027 y 2028.
Séptimo.
Como consecuencia de lo anterior, las Partes consideran necesario modificar la
cláusula tercera (financiación de las actuaciones), y, al mismo tiempo, están de acuerdo
en prorrogar dicho convenio por un periodo de tres (3) años adicionales, es decir, hasta
al próximo 31 de diciembre de 2028.
En consecuencia, las partes consideran procedente la celebración de la presente
adenda modificativa y prórroga del convenio, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Carácter de la adenda.
Las partes declaran el carácter modificativo parcial y no extintivo de la presente
adenda, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en este documento,
lo dispuesto en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
Segunda. Modificación del contenido del convenio.
Se modifica parcialmente la cláusula tercera que queda redactada de la siguiente forma:
«Tercera.
Financiación de las actuaciones.
Actuaciones cofinanciadas.
De la distribución de porcentajes de financiación de las actuaciones no
estrictamente ferroviarias pero necesarias para la adecuada integración del
ferrocarril, que serán cofinanciadas por las partes (creación de terreno en altura
mediante cobertura de vías y urbanización de todo el ámbito) y que se establecen
en la cláusula primera, resultarían las siguientes aportaciones:
Adif (50 %): 49,560 M euros.
Ayuntamiento de Santander (20 %): 19,824 M euros.
Gobierno de Cantabria (30 %): 29,736 M euros.
Total: 99,120 M euros.
Para la ejecución de las obras, Adif pagará el 100 % de los importes derivados
de dicha ejecución de acuerdo al siguiente calendario estimado:
Adif.
Datos en millones de euros.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
0,808
1,162
0,000
0,000
0,000
0,250
2024
2025
2026
13,880 52,880 23,000
2027
7,140
2028
Total
99,120
cve: BOE-A-2023-17489
Verificable en https://www.boe.es
Programación de los pagos según el plan de obra: