I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Subvenciones. (BOE-A-2023-17432)
Real Decreto 654/2023, de 18 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos para la realización de varias actividades en conmemoración del segundo centenario de la muerte de Agustín de Betancourt y Molina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Sábado 29 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 112343

dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá
interponerse recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
10. La resolución de concesión será remitida a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones. Asimismo, se publicará en el portal de internet del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Artículo 4.

Entidad beneficiaria y obligaciones de acreditación.

1. El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos será la entidad
beneficiaria de la subvención.
2. La entidad beneficiaria deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos
previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria de la subvención, así como
estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, y no ser deudora por procedimiento de reintegro.
Artículo 5.

Actuaciones a desarrollar, gastos subvencionables y plazo de ejecución.

1. Las actuaciones a desarrollar por la entidad beneficiaria guardarán relación con
la figura y trascendencia de Agustín de Betancourt, y comprenderán:
a) La celebración de una exposición sobre la figura de Agustín de Betancourt y la
obra pública española, en la Biblioteca Nacional.
b) La celebración del IX Congreso Nacional de Ingeniería Civil, en el que abordará
entre otros aspectos, una ponencia sobre el papel histórico de Agustín de Betancourt.
2.

Se considerarán gastos subvencionables:

a) En relación con la celebración de la exposición en la Biblioteca Nacional, los
gastos corrientes directos relacionados con su organización.
b) En relación con la celebración del IX Congreso Nacional de Ingeniería Civil, los
gastos corrientes directos relacionados con su organización y celebración.
3.

Sólo serán financiables los gastos que:

No son subvencionables los costes indirectos, tales como los gastos de estructura
propios en los que se haya incurrido para coordinar o gestionar la realización de las
actividades.
4. Si bien dos actividades a apoyar se celebrarán, la primera, en marzo de 2024
(Exposición en la Biblioteca Nacional de España, con duración de 100 días) y la otra, en
febrero de 2024 (IX Congreso Nacional de Ingeniería Civil, en Madrid, fechas
previstas 19 y 20 de febrero de 2023), el plazo de ejecución de las actividades y para la
realización de gastos subvencionables se extiende desde el 30 de junio de 2023 al 31 de
diciembre de 2024, dado que existen actividades que deben necesariamente realizarse
con la antelación suficiente, habiéndose estimado que se ejecutarán a lo largo del
segundo semestre de 2023.

cve: BOE-A-2023-17432
Verificable en https://www.boe.es

a) De manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
b) Se realicen en el plazo establecido.
c) Tengan un coste que no sea superior al coste de mercado.
d) Se hayan pagado con anterioridad a la fecha de inicio del plazo de justificación.