III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-17357)
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo interdepartamental entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Sanidad, dirigido al almacenamiento de vacunas contra la viruela del mono.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109620
La modificación del acuerdo interdepartamental requerirá el concierto unánime de las
partes, y también se articulará mediante adenda.
Asimismo, una vez suscrito este acuerdo interdepartamental, será publicado en el
«Boletín Oficial del Estado».
Novena.
1.
Causas de resolución.
Son causas de resolución del acuerdo interdepartamental las siguientes:
a) Cese de las actividades objeto del acuerdo interdepartamental.
b) Fuerza mayor.
c) Necesidades de la defensa nacional o de los cometidos propios de la Inspección
General de Sanidad de la Defensa.
d) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.
La intención de resolución del acuerdo interdepartamental, cuando se den algunas
de las causas de resolución, se comunicará a la otra parte de forma fehaciente. La
resolución será efectiva en un plazo no superior a los dos meses desde su
comunicación.
cve: BOE-A-2023-17357
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo interdepartamental, en dos
ejemplares originales y en todas sus hojas, igualmente válidos, en el lugar y fecha
indicados.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.–La Directora
General de Salud Pública, Pilar Aparicio Azcárraga.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109620
La modificación del acuerdo interdepartamental requerirá el concierto unánime de las
partes, y también se articulará mediante adenda.
Asimismo, una vez suscrito este acuerdo interdepartamental, será publicado en el
«Boletín Oficial del Estado».
Novena.
1.
Causas de resolución.
Son causas de resolución del acuerdo interdepartamental las siguientes:
a) Cese de las actividades objeto del acuerdo interdepartamental.
b) Fuerza mayor.
c) Necesidades de la defensa nacional o de los cometidos propios de la Inspección
General de Sanidad de la Defensa.
d) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.
La intención de resolución del acuerdo interdepartamental, cuando se den algunas
de las causas de resolución, se comunicará a la otra parte de forma fehaciente. La
resolución será efectiva en un plazo no superior a los dos meses desde su
comunicación.
cve: BOE-A-2023-17357
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo interdepartamental, en dos
ejemplares originales y en todas sus hojas, igualmente válidos, en el lugar y fecha
indicados.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.–La Directora
General de Salud Pública, Pilar Aparicio Azcárraga.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X