III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17361)
Resolución de 14 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del "7.º Plan General de Residuos Radioactivos".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109672
Medidas
Criterio ambiental
Objetivo de protección ambiental
Para garantizar el cumplimiento de
los objetivos de protección
ambiental
4.3 Cuantificar y minimizar los
residuos peligrosos, no peligrosos,
residuos sólidos urbanos, residuos
de construcción y demolición, etc.
generados por las actividades, y
fomentar la reutilización y el
reciclaje.
4.C. Elaboración de una estrategia
de Economía Circular.
4.4. Procurar la minimización de
procesos erosivos y la conservación
de la geomorfología en los
emplazamientos.
4.D. Establecimiento de criterios de
análisis y valoración para selección
No necesarias.
de emplazamientos que tengan en
cuenta el relieve y la geomorfología.
4.5. Procurar la conservación de los 4.E. Elaboración de un estudio
usos de suelo en los
sobre la ocupación de suelo en
emplazamientos.
cada proyecto.
Agua y sistemas
hídricos.
5. Conservar en buen estado los
ecosistemas acuáticos (ríos,
humedales, aguas costeras, etc.).
Preventivas y
correctoras de impacto
4.6. Procurar la recuperación de
suelos en los emplazamientos
desmantelados.
4.F. Elaboración de un Plan de
restauración ambiental de cada
proyecto.
4.2. Cuantificar y minimizar los
efluentes generados por las
actividades.
4.B. Elaboración de los estudios
específicos requeridos para la EIA y
aplicación de los condicionados de
las DIA de los proyectos.
Para promover mejoras en el
medio ambiente
No necesarias.
Indicadores de seguimiento
Elaboración de la estrategia: SI/NO.
N.º de emplazamientos analizados en los que se ha
valorado el relieve y la geomorfología.
4.G. Establecimiento de
criterios de análisis y
valoración para
selección de
emplazamientos y
planes de contingencia
para prevenir y corregir
la modificación de los
usos de suelo.
Medida 4.E Elaboración del estudio: SI/NO.
N.º de estudios elaborados con el contenido descrito en el
EsAE.
Medida 4.G.
Para suelo de uso distinto al industrial: ha ocupadas / ha
termino municipal.
Inversión en medidas correctoras m3 de tierra vegetal
recuperada (en nuevas IINN) m3 de tierra vegetal extendida
(al término del desmantelamiento).
Inversión en medidas correctoras.
No necesarias.
Elaboración del plan: SI/NO.
N.º de planes elaborados con el contenido descrito en el
EsAE.
Superficie de suelo recuperado tras el desmantelamiento de
instalaciones.
No necesarias.
Las mismas que se han
descrito para garantizar el
cumplimiento de los objetivos
de protección ambiental.
Elaboración del estudio: SI/NO.
N.º de Estudios elaborados con el contenido descrito en el
EsAE.
N.º de DIA con condicionados específicos sobre estudios
referidos a este aspecto ambienta.
cve: BOE-A-2023-17361
Verificable en https://www.boe.es
Factor ambiental
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109672
Medidas
Criterio ambiental
Objetivo de protección ambiental
Para garantizar el cumplimiento de
los objetivos de protección
ambiental
4.3 Cuantificar y minimizar los
residuos peligrosos, no peligrosos,
residuos sólidos urbanos, residuos
de construcción y demolición, etc.
generados por las actividades, y
fomentar la reutilización y el
reciclaje.
4.C. Elaboración de una estrategia
de Economía Circular.
4.4. Procurar la minimización de
procesos erosivos y la conservación
de la geomorfología en los
emplazamientos.
4.D. Establecimiento de criterios de
análisis y valoración para selección
No necesarias.
de emplazamientos que tengan en
cuenta el relieve y la geomorfología.
4.5. Procurar la conservación de los 4.E. Elaboración de un estudio
usos de suelo en los
sobre la ocupación de suelo en
emplazamientos.
cada proyecto.
Agua y sistemas
hídricos.
5. Conservar en buen estado los
ecosistemas acuáticos (ríos,
humedales, aguas costeras, etc.).
Preventivas y
correctoras de impacto
4.6. Procurar la recuperación de
suelos en los emplazamientos
desmantelados.
4.F. Elaboración de un Plan de
restauración ambiental de cada
proyecto.
4.2. Cuantificar y minimizar los
efluentes generados por las
actividades.
4.B. Elaboración de los estudios
específicos requeridos para la EIA y
aplicación de los condicionados de
las DIA de los proyectos.
Para promover mejoras en el
medio ambiente
No necesarias.
Indicadores de seguimiento
Elaboración de la estrategia: SI/NO.
N.º de emplazamientos analizados en los que se ha
valorado el relieve y la geomorfología.
4.G. Establecimiento de
criterios de análisis y
valoración para
selección de
emplazamientos y
planes de contingencia
para prevenir y corregir
la modificación de los
usos de suelo.
Medida 4.E Elaboración del estudio: SI/NO.
N.º de estudios elaborados con el contenido descrito en el
EsAE.
Medida 4.G.
Para suelo de uso distinto al industrial: ha ocupadas / ha
termino municipal.
Inversión en medidas correctoras m3 de tierra vegetal
recuperada (en nuevas IINN) m3 de tierra vegetal extendida
(al término del desmantelamiento).
Inversión en medidas correctoras.
No necesarias.
Elaboración del plan: SI/NO.
N.º de planes elaborados con el contenido descrito en el
EsAE.
Superficie de suelo recuperado tras el desmantelamiento de
instalaciones.
No necesarias.
Las mismas que se han
descrito para garantizar el
cumplimiento de los objetivos
de protección ambiental.
Elaboración del estudio: SI/NO.
N.º de Estudios elaborados con el contenido descrito en el
EsAE.
N.º de DIA con condicionados específicos sobre estudios
referidos a este aspecto ambienta.
cve: BOE-A-2023-17361
Verificable en https://www.boe.es
Factor ambiental