III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-17225)
Resolución de 7 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Gijón n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de un documento privado de constitución de usufructo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 108873
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17225
Resolución de 7 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Gijón n.º 2, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de elevación a público de un documento privado
de constitución de usufructo.
En el recurso interpuesto por don A. M. S. M., en nombre y representación y como
administrador único de la sociedad «Catalana Lusa y Asociados, S.L.», contra la
calificación del registrador de la Propiedad de Gijón número 2, don Gaspar Cuesta
Vizoso, por la que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de
un documento privado de constitución de usufructo.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 7 de diciembre de 2022 por la notaria de Madrid,
doña Ana López-Monís Gallego, se elevaba a público un contrato privado por el que la
sociedad «Arquitectura Urbana y Desarrollo Inmobiliario, S.L.» constituía un derecho de
usufructo a favor de la sociedad «Catalana Lusa y Asociados, S.L.», sobre una serie de
inmuebles entre los que se encuentra uno del Registro de la Propiedad de Gijón
número 2.
En el historial registral, la finca figuraba inscrita a favor de «Sociedad de Gestión de
Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A.» (Sareb) por un título de
adjudicación en subasta judicial derivada del procedimiento de ejecución hipotecaria
número 71/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia de Gijón número 3, que,
mediante testimonio de fecha 3 de diciembre de 2021, causó inscripción el día 28 de julio
de 2022.
II
Presentada el día 13 de marzo de 2023 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Gijón número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
El Registrador que suscribe previo examen y calificación del precedente documento
con arreglo a los artículos 18, 19, 19 bis y 322 de la Ley Hipotecaria, ha resuelto no
practicar los asientos solicitados en base a los siguientes Hechos y Fundamentos de
Derecho:
Hechos:
Según el Registro, la finca 2.827-A relacionada en primer lugar del contrato de
usufructo, única radicante en la demarcación de este Registro, figura inscrita a favor de
“Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sociedad
cve: BOE-A-2023-17225
Verificable en https://www.boe.es
«N.º Entrada: 1891.
Asiento: 403 del Diario 98.
Ana López-Monís Gallego.
Protocolo/autos: 5644/2022.
Presentante: S. M. A. M.
Nota de calificación.
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 108873
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17225
Resolución de 7 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Gijón n.º 2, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de elevación a público de un documento privado
de constitución de usufructo.
En el recurso interpuesto por don A. M. S. M., en nombre y representación y como
administrador único de la sociedad «Catalana Lusa y Asociados, S.L.», contra la
calificación del registrador de la Propiedad de Gijón número 2, don Gaspar Cuesta
Vizoso, por la que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de
un documento privado de constitución de usufructo.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 7 de diciembre de 2022 por la notaria de Madrid,
doña Ana López-Monís Gallego, se elevaba a público un contrato privado por el que la
sociedad «Arquitectura Urbana y Desarrollo Inmobiliario, S.L.» constituía un derecho de
usufructo a favor de la sociedad «Catalana Lusa y Asociados, S.L.», sobre una serie de
inmuebles entre los que se encuentra uno del Registro de la Propiedad de Gijón
número 2.
En el historial registral, la finca figuraba inscrita a favor de «Sociedad de Gestión de
Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A.» (Sareb) por un título de
adjudicación en subasta judicial derivada del procedimiento de ejecución hipotecaria
número 71/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia de Gijón número 3, que,
mediante testimonio de fecha 3 de diciembre de 2021, causó inscripción el día 28 de julio
de 2022.
II
Presentada el día 13 de marzo de 2023 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Gijón número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
El Registrador que suscribe previo examen y calificación del precedente documento
con arreglo a los artículos 18, 19, 19 bis y 322 de la Ley Hipotecaria, ha resuelto no
practicar los asientos solicitados en base a los siguientes Hechos y Fundamentos de
Derecho:
Hechos:
Según el Registro, la finca 2.827-A relacionada en primer lugar del contrato de
usufructo, única radicante en la demarcación de este Registro, figura inscrita a favor de
“Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sociedad
cve: BOE-A-2023-17225
Verificable en https://www.boe.es
«N.º Entrada: 1891.
Asiento: 403 del Diario 98.
Ana López-Monís Gallego.
Protocolo/autos: 5644/2022.
Presentante: S. M. A. M.
Nota de calificación.