III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-17223)
Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Totana, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente rectificación de la descripción, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra la inscripción de la georreferenciación de la finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 108849
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17223
Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Totana, por la que se deniega la inscripción
de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente rectificación de
la descripción, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra la inscripción de
la georreferenciación de la finca.
En el recurso interpuesto por doña C. M. V. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Totana, don José Miguel Coll Rodríguez, por la que se
deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente
rectificación de la descripción, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra la inscripción de la
georreferenciación de la finca.
Hechos
I
– Una porción segregada número uno que se describía como: «En término de
Totana, (…) un trozo de tierra en parte secano con lomas y en parte en proporción a
riego, de cabida cuatro mil setecientos un metros con sesenta y tres centímetros
cuadrados (4.071,63 m²). Que linda Norte, Resto de finca matriz; Este, don J. R. S., J. M.
Z. G., M. P. L. C.; Sur, porción segregada número dos que se describe a continuación; y
Oeste, porción segregada número tres, que se describirá más adelante y que va a ser
cedida al Ayuntamiento de Totana para su destino a vial público». Dicha finca era
calificada por la licencia de segregación como no edificable.
– Una porción segregada número dos, que se describía como: «En término de
Totana, (…) un trozo de tierra, en parte secano con lomas y en parte en proporción a
riego, de cabida cuatro mil setecientos un metros con sesenta y tres centímetros
cuadrados (4.071,63 m2). Que linda: Norte, Porción segregada número uno
cve: BOE-A-2023-17223
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura pública de segregación, cesión gratuita y extinción de condominio
otorgada el día 28 de septiembre de 2023 ante el notario de Totana, don Patricio
Chamorro Gómez, doña C. M. V. y doña M. C. y doña C. V. G., practicaron la
segregación de la finca registral número 33.681 del término municipal de Totana. Dicha
finca se describía como: «Rústica, finca sita en término de Totana, (…) trozo de tierra en
parte de secano con lomas y en parte con proporción a riego, de cabida una hectárea,
noventa y nueve áreas y dieciséis centiáreas, igual a dos fanegas, once celemines y
cinco octavos de otro, si bien según reciente medición, ha resultado ser de una hectárea,
noventa y cuatro centiáreas y veinticuatro decímetros cuadrados. Linda por el Norte con
don G. C. C., por el Este con don V. M. C., don A. S. C., don F. G. A., don J. R. S., doña
J. M. Z. G., doña M. P. L. C., don A. L. P. H., por el Sur La charcha El Curica S. L., Oeste
con herederos de J. M. V. P. Antes lindaba por Norte con don G. C. R., Este herederos
de doña F. A. P., Sur con doña M. R. Y. M., y Oeste con don J. M y con doña C. V. P».
Manifestaban los comparecientes que la finca era parte de la parcela catastral con
referencia 30039A016001790000GI, sin existir plena coincidencia entre la realidad física
y la cartografía catastral, por lo que se aportaba una georreferenciación alternativa,
elaborada por el técnico don F. J. G. C.
De dicha finca se segregaban:
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 108849
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17223
Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Totana, por la que se deniega la inscripción
de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente rectificación de
la descripción, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra la inscripción de
la georreferenciación de la finca.
En el recurso interpuesto por doña C. M. V. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Totana, don José Miguel Coll Rodríguez, por la que se
deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente
rectificación de la descripción, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra la inscripción de la
georreferenciación de la finca.
Hechos
I
– Una porción segregada número uno que se describía como: «En término de
Totana, (…) un trozo de tierra en parte secano con lomas y en parte en proporción a
riego, de cabida cuatro mil setecientos un metros con sesenta y tres centímetros
cuadrados (4.071,63 m²). Que linda Norte, Resto de finca matriz; Este, don J. R. S., J. M.
Z. G., M. P. L. C.; Sur, porción segregada número dos que se describe a continuación; y
Oeste, porción segregada número tres, que se describirá más adelante y que va a ser
cedida al Ayuntamiento de Totana para su destino a vial público». Dicha finca era
calificada por la licencia de segregación como no edificable.
– Una porción segregada número dos, que se describía como: «En término de
Totana, (…) un trozo de tierra, en parte secano con lomas y en parte en proporción a
riego, de cabida cuatro mil setecientos un metros con sesenta y tres centímetros
cuadrados (4.071,63 m2). Que linda: Norte, Porción segregada número uno
cve: BOE-A-2023-17223
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura pública de segregación, cesión gratuita y extinción de condominio
otorgada el día 28 de septiembre de 2023 ante el notario de Totana, don Patricio
Chamorro Gómez, doña C. M. V. y doña M. C. y doña C. V. G., practicaron la
segregación de la finca registral número 33.681 del término municipal de Totana. Dicha
finca se describía como: «Rústica, finca sita en término de Totana, (…) trozo de tierra en
parte de secano con lomas y en parte con proporción a riego, de cabida una hectárea,
noventa y nueve áreas y dieciséis centiáreas, igual a dos fanegas, once celemines y
cinco octavos de otro, si bien según reciente medición, ha resultado ser de una hectárea,
noventa y cuatro centiáreas y veinticuatro decímetros cuadrados. Linda por el Norte con
don G. C. C., por el Este con don V. M. C., don A. S. C., don F. G. A., don J. R. S., doña
J. M. Z. G., doña M. P. L. C., don A. L. P. H., por el Sur La charcha El Curica S. L., Oeste
con herederos de J. M. V. P. Antes lindaba por Norte con don G. C. R., Este herederos
de doña F. A. P., Sur con doña M. R. Y. M., y Oeste con don J. M y con doña C. V. P».
Manifestaban los comparecientes que la finca era parte de la parcela catastral con
referencia 30039A016001790000GI, sin existir plena coincidencia entre la realidad física
y la cartografía catastral, por lo que se aportaba una georreferenciación alternativa,
elaborada por el técnico don F. J. G. C.
De dicha finca se segregaban: