III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-17249)
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas M.P., para la realización por el Instituto de Investigación de Recursos Cinegéticos, de trabajos para la estimación de densidades poblacionales de jabalí («sus scrofa») en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 109158

Ambas partes se reconocen entre sí la capacidad legal suficiente para obligarse en
este acto, y a tal efecto:
EXPONEN
1. De acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, que
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales;
corresponden a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, a través de
la Subdirección General de Producciones Ganaderas y Cinegéticas, entre otras, las
competencias en materia de producción agrícola y ganadera, medios de producción y
ordenación sectorial de producciones agrarias, la ordenación y funcionamiento de los
mercados agrarios, así como la coordinación de la actividad cinegética.
2. En el marco de la Estrategia Nacional de Control de las Poblaciones de Jabalí
(sus scrofa), la Comisión de seguimiento creada ha de acometer con la financiación del
MAPA, la monitorización de la especie jabalí, dado que el incremento continuado de las
poblaciones de jabalíes supone un desafío para la gestión sostenible de esta especie
debido al impacto negativo que su sobrepoblación conlleva sobre la dinámica poblacional
de otras especies silvestres, la sanidad animal, las producciones agrarias, la seguridad
vial y la propia seguridad ciudadana.
La monitorización de esta especie resulta esencial para que las autoridades
competentes de las comunidades autónomas puedan tomar las medidas necesarias para
su gestión, captura y control de riesgos asociados en función de la situación particular de
cada región, así como coordinar decisiones estratégicas con estas finalidades.
3. Para ello, se hace necesario realizar un estudio a escala nacional, teniendo en
cuenta la gran distribución de la especie y plasticidad en el uso de diferentes hábitats,
ambientes agrícolas, ganaderos e incluso urbanos; que proporcione la necesaria
calibración de resultados de los modelos existentes y validados sobre la distribución de
la abundancia relativa del jabalí en España, para obtener así una proyección de valores
de densidad a todo el territorio nacional.
4. El MAPA no dispone de estimaciones fiables sobre la densidad del jabalí a gran
escala. Las estadísticas de caza, si bien es la información con mayor disponibilidad y
potencial para ser comparable entre territorios, por sí sola no es suficiente porque se requiere
una calibración con métodos de estimación de densidad más precisos a escala local.
5. El CSIC es un organismo público de investigación del Ministerio de Ciencia e
Innovación, adscrito a la Secretaría General de Investigación, que tiene por objeto el
fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y
tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del
conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de
personal y al asesoramiento a Entidades públicas y privadas en estas materias. Está
constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo establecido en los
artículos 108 bis y 108 sexies (introducidos por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para 2021), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público y por las disposiciones de su Estatuto, aprobado por
Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre.
El CSIC, de conformidad con el artículo 5.1.j) de su Estatuto tiene entre sus
funciones la de informar, asistir y asesorar en materia de ciencia y tecnología a entidades
públicas y privadas, conforme a principios de suficiencia financiera, imparcialidad,
independencia y confidencialidad.
6. El Instituto de Investigación en Recursos Cinegéticos (IREC), es un instituto mixto de
titularidad compartida entre el CSIC, la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) y la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, cuyo objeto fundacional es garantizar la
sostenibilidad de la actividad cinegética. Se dedica por tanto a la investigación de diversos
aspectos relativos a la caza, entendiendo ésta como un recurso natural renovable.

cve: BOE-A-2023-17249
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Núm. 177