III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-17233)
Resolución de 19 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos, para la identificación de cargas administrativas y su reducción en el bienio 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

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de la regulación, que apoyen las tareas sobre la materia. Este grupo atenderá las
solicitudes de información y consultas de los autónomos y participará en los encuentros
organizados por el propio MINHFP, colaborando en la concreción de propuestas y en las
actividades divulgativas planteadas.
El personal indicado en el párrafo anterior podrá ser propio de UPTA o subcontratado
a tal fin.
4.

Otras actividades:

Cuantas otras actividades o servicios se consideren necesarios o convenientes para
el buen desarrollo del convenio, previo acuerdo en la Comisión de Seguimiento.
Entre estas actividades pueden encuadrarse el desarrollo de foros de estudio para la
reducción de cargas administrativas y simplificación de procedimientos que el MINHFP
podría promover con el fin de fomentar la implicación de los órganos gestores y expertos
de los sectores afectados. En este contexto, UPTA podría participar, directamente o a
través de la designación de representantes entre profesionales con experiencia en la
materia de que se trate.
Tercera. Actuaciones a desarrollar por el MINHFP.
1.

Asesoramiento:

Asesoramiento y asistencia sobre simplificación administrativa y reducción de cargas
administrativas para ciudadanos y empresas, así como sobre el Método Simplificado de
medición de cargas administrativas.
2.

Seguimiento:

Seguimiento de los trabajos realizados por la organización durante la vigencia del
convenio, a través de reuniones periódicas concertadas por las partes y que podrán
celebrarse, de manera conjunta, con otras organizaciones con las que el MINHFP firma
convenios de análogo contenido.
3.

Comisión de Seguimiento:

Convocatoria para la constitución de la Comisión de Seguimiento a que se refiere la
cláusula sexta de este convenio.
4.

Análisis de las propuestas presentadas:

Remisión de las propuestas presentadas por la organización a los Departamentos
ministeriales competentes por razón de la materia objeto de las iniciativas. Se elaborará
un informe de seguimiento con las valoraciones de los Departamentos, que será remitido
a UPTA.
5.

Difusión y comunicación:

Cuarta.

Titularidad de los trabajos realizados.

La titularidad de los trabajos realizados en virtud del presente convenio, así como
cualquier otro derecho que se pudiera derivar de los mismos, pertenecerán al MINHFP y
a UPTA, y no podrán ser explotados por ningún tercero sin el consentimiento expreso de
todas las partes.
No obstante, UPTA podrá hacer difusión de su papel activo en los trabajos
desarrollados en relación con este convenio.

cve: BOE-A-2023-17233
Verificable en https://www.boe.es

El MINHFP podrá dar difusión en sus espacios de comunicación de la firma del
convenio, de los encuentros mantenidos y de los resultados obtenidos.