III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Federación Española de Kickboxing y Muaythai y disciplinas asociadas. Estatutos. (BOE-A-2023-17267)
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Kickboxing y Muaythai y Disciplinas Asociadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 109265

3. Será elegido cada cuatro años, coincidiendo con los años de los Juegos
Olímpicos de verano, mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, por los
miembros de la Asamblea General.
4. El procedimiento de elección del Presidente se ajustará a lo previsto en el
Reglamento de Elecciones.
5. El Presidente de podrá ser reelegido, sin que exista limitación en número
de mandatos que puede desempeñar.
6. En los casos de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa que impida
transitoriamente desempeñar sus funciones, el Presidente será sustituido por un
Vicepresidente, que éste designe y que deberá ser miembro de la Asamblea
General, en su defecto, por el miembro de la Junta Directiva que sea miembro de
la Asamblea, de mayor antigüedad, o por el de más edad, si aquella fuera la
misma.
7. El cargo de Presidente de la FEKBMTda podrá ser remunerado, siempre
que tal acuerdo, así como la cuantía de la remuneración sea aprobado por la
mitad más uno de los miembros presentes en la Asamblea General. La
remuneración bruta, incluidos los gastos sociales legalmente establecidos, no
podrá ser satisfecha con cargo a las subvenciones públicas que reciba la
FEKBMTda
8. Mientras desempeñe su mandato, el Presidente no podrá ocupar cargo
directivo en clubes deportivos, entre cuyos fines figure la práctica del deporte de
Kickboxing o en otras Federaciones deportivas españolas.
9. Cuando el Presidente cese en el cargo por haber cumplido el tiempo de su
mandato, la Junta Directiva se constituirá en Comisión gestora y convocará
elecciones a los órganos de gobierno y representación de la FEKBMTda, de
conformidad con lo previsto en el Reglamento Electoral.
10. Si el Presidente cesara por cualquier otra causa, el proceso se limitará
exclusivamente a la elección de quien haya de sustituirle, que ocupará el cargo
por tiempo igual al que reste por cumplir al sustituido.

cve: BOE-A-2023-17267
Verificable en https://www.boe.es

El plazo de presentación de candidaturas y la celebración de la Asamblea
General, deberá tener lugar en un término no superior a treinta días, ajustándose
en la medida de lo posible al Reglamento de Elecciones vigente en el período
olímpico de que se trate.»

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X