III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Federación Española de Kickboxing y Muaythai y disciplinas asociadas. Estatutos. (BOE-A-2023-17267)
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Kickboxing y Muaythai y Disciplinas Asociadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 109264

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
17267

Resolución de 13 de julio de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la
Federación Española de Kickboxing y Muaythai y Disciplinas Asociadas.

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 26 de abril de 2023, aprobó definitivamente la modificación del
artículo 28.5 de los Estatutos de la Federación Española de Kickboxing y Muaythai y
Disciplinas Asociadas, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades
Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el Artículo 45.4 de la Ley 39/2022. de 30 de
diciembre, del Deporte y Artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de la modificación de
los Estatutos de la Federación Española de Kickboxing y Muaythai y Disciplinas
Asociadas, contenida en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 13 de julio de 2023.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Víctor
Francos Díaz.
ANEXO
Estatutos de la Federación Española de Kickboxing y Muaythai y Disciplinas
Asociadas
«Artículo 28.

a) Estimular y coordinar la actuación de los distintos órganos de la
FEKBMTda
b) Ordenar pagos y gastos a nombre de la FEKBMTda, firmando con el
Gerente o alguno de los miembros de la Junta Directiva los documentos al efecto.
c) Ejercer el control y la inspección económica de todos los órganos de la
FEKBMTda
d) Cuidar de que los órganos de la FEKBMTda ajusten su actuación a lo
dispuesto en estos Estatutos y en los Reglamentos que los desarrollen.
e) Conferir poderes especiales o generales a letrados, procuradores o
cualquier otra persona mandataria para que ostente su representación legal, tanto
en juicio como fuera de él.
f) Nombrar y destituir a los miembros de la Junta Directiva, Gerente y
Director Técnico, y contratar, despedir o separar a las personas que presten
servicios laborales o profesionales en/o para la FEKBMTda
g) Además todas aquellas atribuciones conferidas por todos los órganos de
gobierno y las que se deriven de los presentes Estatutos.

cve: BOE-A-2023-17267
Verificable en https://www.boe.es

1. El Presidente de la FEKBMTda es el órgano ejecutivo de la misma.
Ostenta su representación legal, convoca y preside los órganos de gobierno y
representación con voto de calidad en caso de empate y ejecuta los acuerdos de
los mismos. Convoca también las elecciones parciales a la Asamblea General y a
la Comisión Delegada, de acuerdo con el artículo 18 de los presentes Estatutos.
2. Asimismo ejercerá las siguientes funciones: