III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-17263)
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de O Incio, sobre la financiación y ejecución de los trabajos de adecuación de las obras de saneamiento y depuración del núcleo de Vilasouto, para su entrega al Ayuntamiento de O Incio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Duodécima.
Sec. III. Pág. 109242
Orden jurisdiccional competente.
Este convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Sin perjuicio de las funciones que se atribuyen a la Comisión de Seguimiento en la
cláusula anterior, las cuestiones litigiosas que puedan plantearse respecto a la
aplicación, interpretación y cumplimiento de su contenido serán competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
Duodécima.
Publicidad.
Este convenio será objeto de publicación de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, y en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. En este sentido, las partes prestan expresamente su
consentimiento para que se le dé al presente convenio la publicidad exigida.
cve: BOE-A-2023-17263
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, los comparecientes firman por
triplicado ejemplar y a un solo efecto el presente convenio, en el lugar y fecha indicados en
el encabezamiento.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.,
José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de O Incio, Héctor Manuel
Corujo González.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Duodécima.
Sec. III. Pág. 109242
Orden jurisdiccional competente.
Este convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Sin perjuicio de las funciones que se atribuyen a la Comisión de Seguimiento en la
cláusula anterior, las cuestiones litigiosas que puedan plantearse respecto a la
aplicación, interpretación y cumplimiento de su contenido serán competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
Duodécima.
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Este convenio será objeto de publicación de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, y en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. En este sentido, las partes prestan expresamente su
consentimiento para que se le dé al presente convenio la publicidad exigida.
cve: BOE-A-2023-17263
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, los comparecientes firman por
triplicado ejemplar y a un solo efecto el presente convenio, en el lugar y fecha indicados en
el encabezamiento.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.,
José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de O Incio, Héctor Manuel
Corujo González.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X