III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-17264)
Resolución de 12 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Mowe Eólica 7, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico Santa María de las Fuentes I de 91,5 MW y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Astudillo, Amusco, Monzón de Campos, Fuentes de Valdepero, Villalobón, Palencia y Magaz de Pisuerga (Palencia), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 109247

incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:

El resto de la infraestructura de evacuación, desde la subestación colectora
Palencia 220 kV, hasta la conexión a la red de transporte en la subestación Palencia 220
kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, no forma parte del alcance de esta
resolución, y cuenta con resolución del Servicio Territorial de Industria, Comercio y
Economía de Palencia, con fecha 29 de diciembre de 2021, por la que se aprueba el
proyecto de ejecución y se declara la utilidad pública del proyecto de Subestación El
Anisal 220/66 kV, recinto de medida 220 kV nudo Palencia y línea de evacuación de 220
kV El Anisal-Palencia (publicada en el BOP de Palencia, número 13, con fecha 31 de
enero de 2022).
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fechas 5 de noviembre de 2020 y 6 de abril de 2022,
declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción del proyecto y declaración, en
concreto, de utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a Mowe Eólica 7, SL, autorización administrativa previa de las
modificaciones del proyecto de parque eólico Santa María de las Fuentes I, de 91,5 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de
Astudillo, Amusco, Monzón de Campos, Fuentes de Valdepero, Villalobón, Palencia y

cve: BOE-A-2023-17264
Verificable en https://www.boe.es

– Líneas de interconexión subterráneas a 30 kV, que unen los aerogeneradores con
la subestación 30/220 kV propia del parque eólico.
– La subestación 30/220 kV, denominada «Santa María de las Fuentes».
– La línea a 220 kV que conecta la subestación «Santa María de las Fuentes» con la
subestación «SET Colectora Palencia 220 kV» (objeto de otro expediente y también
denominada subestación «El Anisal»). Esta subestación es compartida con varias
instalaciones de generación eléctrica.