III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-17264)
Resolución de 12 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Mowe Eólica 7, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico Santa María de las Fuentes I de 91,5 MW y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Astudillo, Amusco, Monzón de Campos, Fuentes de Valdepero, Villalobón, Palencia y Magaz de Pisuerga (Palencia), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 12 de julio de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Mowe Eólica 7, SL, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el
parque eólico Santa María de las Fuentes I de 91,5 MW y su infraestructura
de evacuación, en los términos municipales de Astudillo, Amusco, Monzón de
Campos, Fuentes de Valdepero, Villalobón, Palencia y Magaz de Pisuerga
(Palencia), y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Villar Mir Energía, SL, en adelante el promotor, solicitó, con fecha 29 de septiembre
de 2020, subsanada con fecha 6 de noviembre de 2020, autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción para la instalación eólica Santa
María de las Fuentes I de 99,2 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, en los términos municipales de Astudillo, Amusco, Monzón de Campos,
Fuentes de Valdepero, Villalobón, Palencia y Magaz de Pisuerga, en la provincia de
Palencia. Con fecha 17 de febrero de 2021, el promotor solicitó ante el Área de Industria
y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia declaración, en concreto, de
utilidad pública de la citada instalación.
Mediante Resolución de 25 de mayo de 2022 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Villar Mir Energía, SL, autorización administrativa previa
para el parque eólico Santa María de las Fuentes I de 91,5 MW, en el término municipal
de Astudillo, en la provincia de Palencia, y la infraestructura de evacuación, que consiste
en las líneas subterráneas a 30 kV, la subestación 30/220 kV, y línea aérea de
evacuación 220 kV hasta la subestación denominada «Colectora Palencia 220 kV», en
los términos municipales de Astudillo, Amusco, Monzón de Campos, Fuentes de
Valdepero, Villalobón, Palencia y Magaz de Pisuerga, en la provincia de Palencia (en
adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» número 134, de 6 de junio de 2022.
Mediante Resolución de 10 de enero de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se autoriza la transmisión de la titularidad de las autorizaciones y
concesiones otorgadas a Villar Mir Energía, SL, a favor de Mowe Eólica 7, SL para el
parque eólico Santa María de las Fuentes I de 91,5 MW, en el término municipal de
Astudillo, en la provincia de Palencia, y la infraestructura de evacuación, que consiste en
las líneas subterráneas a 30 kV, la subestación 30/220 kV, y línea aérea de
evacuación 220 kV hasta la subestación denominada «Colectora Palencia 220 kV», en
los términos municipales de Astudillo, Amusco, Monzón de Campos, Fuentes de
Valdepero, Villalobón, Palencia y Magaz de Pisuerga, en la provincia de Palencia.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 15 de septiembre de 2021 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
número 232, de 25 de mayo de 2021, para la definición del proyecto de ejecución se
debían llevar a cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
– Supresión del aerogenerador SM-08, de acuerdo al condicionante 5.2.2.1.
– Modificación de parte del acceso al aerogenerador SM-04 para evitar la posible
afección a la especie protegida Iris spuria, para dar cumplimiento al punto 5.2.3.1.

cve: BOE-A-2023-17264
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