III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-17240)
Orden TES/869/2023, de 22 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109049
e) Aquellas entidades beneficiarias que desarrollen actividades económicas, de
acuerdo con el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, acreditarán
la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración
Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la
fecha de solicitud de la ayuda.
2. Además, deberán presentarse en PDF y firmados electrónicamente, de acuerdo
con lo establecido en cada convocatoria, los siguientes documentos:
a) Formulario de solicitud de subvención.
b) Memoria explicativa del proyecto.
c) Presupuesto y Cronograma. La fecha de inicio del proyecto indicada en el
cronograma deberá ser posterior a la presentación de la solicitud y siendo su fecha de
finalización la que se establezca en la convocatoria correspondiente.
d) Documento privado que refleje el acuerdo de colaboración para la realización
conjunta de la actividad subvencionada que deberá incluir, al menos, el contenido
mínimo del modelo de agrupación establecido en la convocatoria.
e) Las autorizaciones, declaraciones responsables, los certificados y demás
documentación indicada en los párrafos anteriores correspondientes a cada una de las
entidades beneficiarias que lo conforman.
f) El presupuesto y cronograma de la totalidad del proyecto, junto con un
presupuesto cumplimentado por cada entidad integrante de la agrupación.
g) Realización de las siguientes declaraciones responsables:
1.º Declaración de no haber recibido subvenciones concurrentes o, en su caso, la
relación exhaustiva de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o
privados que pudieran afectar a la compatibilidad para las mismas actuaciones objeto de
ayuda, indicando su objeto y cuantía.
2.º Declaración de no tener deudas por reintegro de ayudas, préstamos o anticipos
con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una
Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado común.
3.º Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se
refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4.º Declaración de adecuación al principio de «no causar perjuicio significativo»
(principio «do no significant harm – DNSH»), debidamente cumplimentado por las
entidades solicitantes.
5.º Declaración relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR.
6.º Cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI).
7.º Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del PRTR.
8.º Otras declaraciones responsables cuyos modelos sean aprobados por las
autoridades competentes conforme a la normativa nacional y europea, dando
cumplimiento a las obligaciones exigibles en el marco del PRTR.
3. En el supuesto de las agrupaciones, además, deberán presentar, en el mismo
formato y firmado electrónicamente, la siguiente documentación:
a) Documento privado que refleje el acuerdo de colaboración para la realización
conjunta de la actividad subvencionada que deberá incluir, al menos, el contenido
mínimo del modelo de agrupación establecido en la convocatoria.
b) Las autorizaciones, declaraciones responsables, los certificados y demás
documentación indicada en los párrafos anteriores correspondientes a cada una de las
entidades beneficiarias que lo conforman.
cve: BOE-A-2023-17240
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109049
e) Aquellas entidades beneficiarias que desarrollen actividades económicas, de
acuerdo con el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, acreditarán
la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración
Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la
fecha de solicitud de la ayuda.
2. Además, deberán presentarse en PDF y firmados electrónicamente, de acuerdo
con lo establecido en cada convocatoria, los siguientes documentos:
a) Formulario de solicitud de subvención.
b) Memoria explicativa del proyecto.
c) Presupuesto y Cronograma. La fecha de inicio del proyecto indicada en el
cronograma deberá ser posterior a la presentación de la solicitud y siendo su fecha de
finalización la que se establezca en la convocatoria correspondiente.
d) Documento privado que refleje el acuerdo de colaboración para la realización
conjunta de la actividad subvencionada que deberá incluir, al menos, el contenido
mínimo del modelo de agrupación establecido en la convocatoria.
e) Las autorizaciones, declaraciones responsables, los certificados y demás
documentación indicada en los párrafos anteriores correspondientes a cada una de las
entidades beneficiarias que lo conforman.
f) El presupuesto y cronograma de la totalidad del proyecto, junto con un
presupuesto cumplimentado por cada entidad integrante de la agrupación.
g) Realización de las siguientes declaraciones responsables:
1.º Declaración de no haber recibido subvenciones concurrentes o, en su caso, la
relación exhaustiva de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o
privados que pudieran afectar a la compatibilidad para las mismas actuaciones objeto de
ayuda, indicando su objeto y cuantía.
2.º Declaración de no tener deudas por reintegro de ayudas, préstamos o anticipos
con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una
Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado común.
3.º Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se
refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4.º Declaración de adecuación al principio de «no causar perjuicio significativo»
(principio «do no significant harm – DNSH»), debidamente cumplimentado por las
entidades solicitantes.
5.º Declaración relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR.
6.º Cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI).
7.º Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del PRTR.
8.º Otras declaraciones responsables cuyos modelos sean aprobados por las
autoridades competentes conforme a la normativa nacional y europea, dando
cumplimiento a las obligaciones exigibles en el marco del PRTR.
3. En el supuesto de las agrupaciones, además, deberán presentar, en el mismo
formato y firmado electrónicamente, la siguiente documentación:
a) Documento privado que refleje el acuerdo de colaboración para la realización
conjunta de la actividad subvencionada que deberá incluir, al menos, el contenido
mínimo del modelo de agrupación establecido en la convocatoria.
b) Las autorizaciones, declaraciones responsables, los certificados y demás
documentación indicada en los párrafos anteriores correspondientes a cada una de las
entidades beneficiarias que lo conforman.
cve: BOE-A-2023-17240
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 177