III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-17021)
Resolución de 5 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Málaga n.º 3 a inscribir una escritura de constitución de hipoteca.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107706
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17021
Resolución de 5 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Málaga n.º 3 a inscribir una escritura de
constitución de hipoteca.
En el recurso interpuesto por doña Rocío Rodríguez Martín, notaria de Madrid, contra
la negativa del registrador de la Propiedad de Málaga número 3, don Jorge Blanco
Urzaiz, a inscribir una escritura de constitución de hipoteca.
Hechos
El día 5 de enero de 2023 se autorizó por el notario de Madrid, don Ignacio Paz-Ares
Rodríguez, en su condición de sustituto por ausencia legal de la notaria de la misma
capital, doña Rocío Rodríguez Martín, con el número 16 de protocolo, una escritura de
constitución de hipoteca de segundo rango.
Según resulta del apartado relativo a la intervención, son tres las entidades que
intervienen en el otorgamiento: «Millcreeck Invest, SL», unipersonal, en su condición de
«hipotecante»; «CaixaBank, SA», que comparece «en su condición de Entidad
Financiadora (Lender) bajo el Contrato de Financiación Senior (tal y como se define a
continuación). En adelante CaixaBank junto con las entidades que en cada momento
tengan la condición de Entidades Financiadoras (Lenders) bajo el Contrato de
Financiación Senior (tal y como se define a continuación) y sus sucesivos cesionarios y
sucesores bajo el mismo, se denominarán conjuntamente como las Entidades
Financiadoras Senior. En lo sucesivo, las Entidades Financiadoras Senior, junto con sus
sucesivos cesionarios bajo el Contrato de Financiación Senior (definido a continuación)
serán denominados conjuntamente los Acreedores Hipotecarios y cada uno de ellos un
Acreedor Hipotecario»; y la entidad «Situs Asset Management Limited», quien
comparece «en su condición de agente de garantías común (Common Security Agent)
de las Entidades Financiadoras Senior bajo el Contrato entre Acreedores (tal y como se
define a continuación) y nombrado como tal en el Contrato de Acreedores. En adelante,
Situs o cualquier otra entidad que le suceda u ostente en cada momento la condición de
agente de garantías común (Common Security Agent) será referida como el Agente de
Garantías Común. Situs en su condición de agente de la financiación (Facility Agent)
bajo el Contrato de Financiación Senior (tal y como se definen a continuación). En
adelante, Situs o cualquier otra entidad que le suceda u ostente en cada momento la
condición de agente de la financiación (Facility Agent) bajo el Contrato de Financiación
Senior será referida como el Agente de la Financiación Senior».
Según los apartado IV y siguientes de la parte expositiva, el día 11 de noviembre
de 2021 se elevó a público, entre otros, un contrato de financiación suscrito el día 9 de
noviembre del mismo año, denominado «contrato de financiación senior» sujeto al
derecho inglés por, entre otros, la entidad «Millcreeck Invest, SL», unipersonal, en su
condición de «obligado senior»; la entidad «Diaz Investments, S.à.r.l.», como «entidad
financiadora original» y «Situs Asset Management Limited», como «agente de la
financiación senior». Posteriormente, «Diaz Investments, S.à.r.l.» cedió la totalidad de su
posición contractual a «CaixaBank, SA»; y se otorgó, asimismo, escritura pública de
promesa de constitución de hipoteca de segundo rango en garantía del íntegro y puntual
cumplimiento de las obligaciones garantizadas.
cve: BOE-A-2023-17021
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107706
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17021
Resolución de 5 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Málaga n.º 3 a inscribir una escritura de
constitución de hipoteca.
En el recurso interpuesto por doña Rocío Rodríguez Martín, notaria de Madrid, contra
la negativa del registrador de la Propiedad de Málaga número 3, don Jorge Blanco
Urzaiz, a inscribir una escritura de constitución de hipoteca.
Hechos
El día 5 de enero de 2023 se autorizó por el notario de Madrid, don Ignacio Paz-Ares
Rodríguez, en su condición de sustituto por ausencia legal de la notaria de la misma
capital, doña Rocío Rodríguez Martín, con el número 16 de protocolo, una escritura de
constitución de hipoteca de segundo rango.
Según resulta del apartado relativo a la intervención, son tres las entidades que
intervienen en el otorgamiento: «Millcreeck Invest, SL», unipersonal, en su condición de
«hipotecante»; «CaixaBank, SA», que comparece «en su condición de Entidad
Financiadora (Lender) bajo el Contrato de Financiación Senior (tal y como se define a
continuación). En adelante CaixaBank junto con las entidades que en cada momento
tengan la condición de Entidades Financiadoras (Lenders) bajo el Contrato de
Financiación Senior (tal y como se define a continuación) y sus sucesivos cesionarios y
sucesores bajo el mismo, se denominarán conjuntamente como las Entidades
Financiadoras Senior. En lo sucesivo, las Entidades Financiadoras Senior, junto con sus
sucesivos cesionarios bajo el Contrato de Financiación Senior (definido a continuación)
serán denominados conjuntamente los Acreedores Hipotecarios y cada uno de ellos un
Acreedor Hipotecario»; y la entidad «Situs Asset Management Limited», quien
comparece «en su condición de agente de garantías común (Common Security Agent)
de las Entidades Financiadoras Senior bajo el Contrato entre Acreedores (tal y como se
define a continuación) y nombrado como tal en el Contrato de Acreedores. En adelante,
Situs o cualquier otra entidad que le suceda u ostente en cada momento la condición de
agente de garantías común (Common Security Agent) será referida como el Agente de
Garantías Común. Situs en su condición de agente de la financiación (Facility Agent)
bajo el Contrato de Financiación Senior (tal y como se definen a continuación). En
adelante, Situs o cualquier otra entidad que le suceda u ostente en cada momento la
condición de agente de la financiación (Facility Agent) bajo el Contrato de Financiación
Senior será referida como el Agente de la Financiación Senior».
Según los apartado IV y siguientes de la parte expositiva, el día 11 de noviembre
de 2021 se elevó a público, entre otros, un contrato de financiación suscrito el día 9 de
noviembre del mismo año, denominado «contrato de financiación senior» sujeto al
derecho inglés por, entre otros, la entidad «Millcreeck Invest, SL», unipersonal, en su
condición de «obligado senior»; la entidad «Diaz Investments, S.à.r.l.», como «entidad
financiadora original» y «Situs Asset Management Limited», como «agente de la
financiación senior». Posteriormente, «Diaz Investments, S.à.r.l.» cedió la totalidad de su
posición contractual a «CaixaBank, SA»; y se otorgó, asimismo, escritura pública de
promesa de constitución de hipoteca de segundo rango en garantía del íntegro y puntual
cumplimiento de las obligaciones garantizadas.
cve: BOE-A-2023-17021
Verificable en https://www.boe.es
I