III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-17013)
Resolución de 4 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 29, por la que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de un documento privado de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Lunes 24 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 107621

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
17013

Resolución de 4 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Madrid n.º 29, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de elevación a público de un documento privado
de compraventa.

En el recurso interpuesto por don J. L., doña C. y don J. C. G. contra la calificación
del registrador de la Propiedad de Madrid número 29, don Javier Stampa Piñeiro, por la
que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de un documento
privado de compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 31 de julio de 2019 por el notario de Madrid, don
Luis Quiroga Gutiérrez, se otorgaba la elevación a público de un documento privado de
compraventa suscrito el día 9 de abril de 1985, por don P. P. J., como vendedor, y don J.
L., doña C. y don J. C. G. como herederos de los compradores. Interesa a los efectos de
este expediente que, en cuanto al título de adquisición de la finca que se vendía, en la
escritura constaba lo siguiente: «Le pertenecía a don P. P. J., con carácter privativo, por
adjudicación en la herencia de su madre doña V. J. D. en escritura otorgada ante el
Notario don Julio Vázquez Velasco, que se encuentra pendiente de inscripción en el
Registro de la Propiedad. No me exhiben título fehaciente por lo que hago yo, el notario,
las advertencias oportunas, insistiendo las partes en este otorgamiento». La finca consta
inscrita a favor de doña V. J. D.
II
Presentada el día 15 de febrero de 2023 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Madrid número 29, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Hechos: 1. No consta inscrito el título previo. 2. No se aporta para su calificación
copia autorizada del testamento ni el Certificado de Últimas Voluntades de la persona
relacionada en al apartado a). de la Exposición II Causantes. 3. No se acompaña
escritura de renuncia de herencia de los hijos del causante que se relaciona en el
apartado b). de la Exposición II Causantes. 4. No se acompañan Actas de Notoriedad
de las personas relacionadas en los apartados c). y d). de la Exposición II Causantes.
Fundamentos de Derecho: 1. Artículo 20 de la Ley Hipotecaria. 2. Artículos 14 y 18 de
la Ley Hipotecaria, 76 y 80 del Reglamento Hipotecario y artículo 81 de la Ley del

cve: BOE-A-2023-17013
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«Copia autorizada de la escritura de elevación a público de documento privado de
compraventa otorgada el treinta y uno de julio de dos mil diecinueve ante el Notario de
Madrid Don Luis Quiroga Gutiérrez, número 746 de protocolo.
Dicho documento causó el día 15/02/2023 el Asiento de presentación número 975
del Diario 127.
El registrador de la Propiedad que suscribe, previo examen y calificación del
documento precedente, de conformidad con los artículos 18 de la Ley Hipotecaria y 98
a 100 de su Reglamento suspende la inscripción del mismo por los siguientes hechos y
fundamentos de derecho: