III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-17012)
Resolución de 3 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Hellín, por la que se deniega la rectificación de una inscripción de determinada finca registral, solicitada mediante instancia privada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107609
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17012
Resolución de 3 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la Propiedad de Hellín, por la que se deniega la
rectificación de una inscripción de determinada finca registral, solicitada
mediante instancia privada.
En el recurso interpuesto por don M. T. S. contra la nota de calificación extendida por
el registrador de la Propiedad de Hellín, don Pablo Sánchez Bachiller, por la que se
deniega la rectificación de una inscripción de determinada finca registral, solicitada
mediante instancia privada.
Hechos
I
En instancia suscrita el día 7 de febrero de 2023 por don M. T. S. se exponía lo
siguiente: «1.º) Que es propietario junto con sus hermanos de la actual parcela 13 del
polígono 44 de Hellín, parcela incluida en la finca registral 41.939 de ese Registro. 2.º)
Que la actual parcela 13 citada es de nuestra propiedad en base a la división de
propiedades realizada entre los hermanos C. y nosotros, los hermanos T., con fecha 2 de
Diciembre de 1994 (…) Todo lo adjudicado a los hermanos C. pasa a integrarse en la
finca registral 14.551, inscripción 10, y la parte sur de la antigua parcela 13 se integra en
la finca registral 41.939, a nuestro nombre, que se crea en ese momento, inscripción 1.ª
3.º) Posteriormente los hermanos C. proceden a vender la finca registral 14.551, pero no
conjuntamente, sino en dos grupos (…) Posteriormente la empresa Agramón Agrícola y
Cinegética vende lo adquirido a la empresa Sociedad Agraria de Transformación
Número 5751 El Moaire (…) Esta venta es inscrita por ese Registro como inscripción 16
de la finca registral 14.551, pero erróneamente por lo que se refiere a la finca objeto de
este escrito (…) A la vista de lo expuesto, solicito: Que ese Registro de la Propiedad de
Hellín, como garante que es de la certeza de la propiedad que en sus registros aparece,
proceda a rectificar todas las inscripciones de la finca 14.551 en las que aparezca la
parcela 41 del polígono 44 como integrante del trozo de terreno citado, dejándolas como
integrado exclusivamente por dicha parcela 41, y eliminando de las mismas la “parte
norte de la parcela 13”».
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Hellín, a la que se unía
fotocopia parcial de la escritura de venta de varios terrenos por parte de la empresa
«Agramón Agricultura y Cinegética, S.L.» a la empresa «Sociedad Agraria de
Transformación número 5751 El Moaire», venta producida el día 26 de septiembre
del 2019 ante el notario de Orihuela, don Blas Jiménez Ballesta, y escrito, de fecha 19 de
diciembre de 2019, del gerente territorial del Catastro de Albacete en la que constaba
que se habían eliminado «hasta el año 2008 todos los expedientes de declaraciones
catastrales de alteraciones catastrales: declaraciones de alteración de bienes inmuebles
de naturaleza rústica: agregación, agrupación, segregación, división (mod. 905), hasta el
año 2008, de acuerdo con la Resolución de 22 de diciembre de 2016, de la
Subsecretaría», y se añadía que «no obstante lo anterior, se adjunta imagen de plano y
detalle de alteración del Catastro de Rústica de Albacete, año de revisión 1992, en el
cve: BOE-A-2023-17012
Verificable en https://www.boe.es
II
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107609
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17012
Resolución de 3 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la Propiedad de Hellín, por la que se deniega la
rectificación de una inscripción de determinada finca registral, solicitada
mediante instancia privada.
En el recurso interpuesto por don M. T. S. contra la nota de calificación extendida por
el registrador de la Propiedad de Hellín, don Pablo Sánchez Bachiller, por la que se
deniega la rectificación de una inscripción de determinada finca registral, solicitada
mediante instancia privada.
Hechos
I
En instancia suscrita el día 7 de febrero de 2023 por don M. T. S. se exponía lo
siguiente: «1.º) Que es propietario junto con sus hermanos de la actual parcela 13 del
polígono 44 de Hellín, parcela incluida en la finca registral 41.939 de ese Registro. 2.º)
Que la actual parcela 13 citada es de nuestra propiedad en base a la división de
propiedades realizada entre los hermanos C. y nosotros, los hermanos T., con fecha 2 de
Diciembre de 1994 (…) Todo lo adjudicado a los hermanos C. pasa a integrarse en la
finca registral 14.551, inscripción 10, y la parte sur de la antigua parcela 13 se integra en
la finca registral 41.939, a nuestro nombre, que se crea en ese momento, inscripción 1.ª
3.º) Posteriormente los hermanos C. proceden a vender la finca registral 14.551, pero no
conjuntamente, sino en dos grupos (…) Posteriormente la empresa Agramón Agrícola y
Cinegética vende lo adquirido a la empresa Sociedad Agraria de Transformación
Número 5751 El Moaire (…) Esta venta es inscrita por ese Registro como inscripción 16
de la finca registral 14.551, pero erróneamente por lo que se refiere a la finca objeto de
este escrito (…) A la vista de lo expuesto, solicito: Que ese Registro de la Propiedad de
Hellín, como garante que es de la certeza de la propiedad que en sus registros aparece,
proceda a rectificar todas las inscripciones de la finca 14.551 en las que aparezca la
parcela 41 del polígono 44 como integrante del trozo de terreno citado, dejándolas como
integrado exclusivamente por dicha parcela 41, y eliminando de las mismas la “parte
norte de la parcela 13”».
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Hellín, a la que se unía
fotocopia parcial de la escritura de venta de varios terrenos por parte de la empresa
«Agramón Agricultura y Cinegética, S.L.» a la empresa «Sociedad Agraria de
Transformación número 5751 El Moaire», venta producida el día 26 de septiembre
del 2019 ante el notario de Orihuela, don Blas Jiménez Ballesta, y escrito, de fecha 19 de
diciembre de 2019, del gerente territorial del Catastro de Albacete en la que constaba
que se habían eliminado «hasta el año 2008 todos los expedientes de declaraciones
catastrales de alteraciones catastrales: declaraciones de alteración de bienes inmuebles
de naturaleza rústica: agregación, agrupación, segregación, división (mod. 905), hasta el
año 2008, de acuerdo con la Resolución de 22 de diciembre de 2016, de la
Subsecretaría», y se añadía que «no obstante lo anterior, se adjunta imagen de plano y
detalle de alteración del Catastro de Rústica de Albacete, año de revisión 1992, en el
cve: BOE-A-2023-17012
Verificable en https://www.boe.es
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