II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-17007)
Resolución de 14 de julio de 2023, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Lunes 24 de julio de 2023

Sec. II.B. Pág. 107531

que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de
puestos de trabajo de los Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad
de Castilla y León, así como por lo dispuesto en las presentes bases. Igualmente, y con
carácter supletorio, resultará de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción
Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
1.3 El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas
quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al servicio de las Administraciones Públicas y su normativa de desarrollo.
1.4 Con carácter previo a la realización de las pruebas, los aspirantes que no
posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano
mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen el nivel
adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua exigido para la
obtención del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2, establecido
en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, que regula los Diplomas de Español
como Lengua Extranjera. La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesaria la
valoración de apto para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
Están exentos de la realización de esta prueba quienes presenten con la solicitud
fotocopia compulsada del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2,
establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre o del Certificado de aptitud
de español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o Título de
Licenciado en Filología Hispánica o Románica u otros Títulos homologados, así como los
aspirantes de nacionalidad distinta a la española en cuyos países sea el castellano
lengua oficial o co-oficial, o que hayan obtenido en España un título universitario.
Asimismo, estarán eximidos de realizar la citada prueba aquellos aspirantes que
acrediten haber superado dicha prueba en los últimos cinco años al amparo de otras
convocatorias para el ingreso en la Administración Pública.
1.5 Quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con
discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta
norma determinará la exclusión del aspirante que no la hubiese observado.
2.
2.1

Requisitos de los candidatos

Requisitos generales.

Para ser admitidos a este concurso oposición, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
Nacionalidad:

Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de
aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la
Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, en los términos en que ésta se haya definida en el Tratado constitutivo de
la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge y descendientes del cónyuge, de los españoles
y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho, y sean menores de veintiún años o mayores de edad que
vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de
nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
Cuando se trate de aspirantes que participen por su condición de cónyuges, deberán
presentar declaración jurada de no hallarse separados de derecho de su respectivo
cónyuge.

cve: BOE-A-2023-17007
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