III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-17056)
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de "La Zarzuela" como manifestación representativa del patrimonio cultural inmaterial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107923
Primero.
Iniciar el expediente para la declaración como Manifestación Representativa del
Patrimonio Cultural Inmaterial de La Zarzuela, por concurrir en la misma las
circunstancias previstas en las letras a) y c) del artículo 12.1 de la Ley 10/2015, de 26 de
mayo, para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Segundo.
Disponer, en virtud del artículo 12.4 letra a) de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para
la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como del artículo 83 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la apertura de un periodo de información pública, a fin de que
cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente en las dependencias
de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales de la
Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte (Plaza del Rey 1,
Madrid), y en todo caso, las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos se
pondrá a disposición en la sede electrónica correspondiente, con el fin de alegar lo que
estimen conveniente por un periodo de veinte días a contar desde el día siguiente a la
publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Tramitar el correspondiente expediente de declaración de Manifestación
Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, de acuerdo con lo previsto en la
Ley 10/2015, de 26 de mayo.
Cuarto.
Comunicar la incoación al Inventario General de Patrimonio Cultural Inmaterial para
su anotación preventiva.
Madrid, 13 de julio de 2023.–El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, Isaac Sastre de Diego.
ANEXO
Justificación de la declaración
La justificación de la declaración de la zarzuela como Manifestación Representativa
de Patrimonio Cultural Inmaterial viene fundamentada en la originalidad, popularidad y
transculturalidad de este género musical y teatral. Su declaración ayudará a la
conservación del género y a su normalización, permitiendo que sea accesible a los
interesados en su conocimiento y al público en general.
Se trata de un género musical y teatral que ha desarrollado características musicales
únicas, fruto de su hibridación con la música popular. A consecuencia de ello, la Zarzuela
ha ido trascendiendo el ámbito escénico para el que ha sido escrita para permear en el
imaginario popular, que ha tomado este repertorio y lo ha utilizado de forma diversa:
desde la interpretación de los números más aplaudidos por formaciones musicales
distintas (por ejemplo mediante arreglos bandísticos) en ámbitos y espacios populares
diferentes de los teatros (conciertos al aire libre, certámenes, etc.), a su interpretación
por grupos de aficionados especializados en este género u otras formaciones.
A ello ha contribuido sin duda de manera decisiva una de las principales señas de
identidad del género: su técnica vocal conocida como «voz natural». Se trata de una
técnica en la cual se prioriza una fácil comprensión de la letra de los números musicales
por encima de un modo de canto más artificioso con predominio de lo armónico. Esta
técnica vocal ha supuesto una ventaja para la popularización del género entre los
cve: BOE-A-2023-17056
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107923
Primero.
Iniciar el expediente para la declaración como Manifestación Representativa del
Patrimonio Cultural Inmaterial de La Zarzuela, por concurrir en la misma las
circunstancias previstas en las letras a) y c) del artículo 12.1 de la Ley 10/2015, de 26 de
mayo, para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Segundo.
Disponer, en virtud del artículo 12.4 letra a) de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para
la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como del artículo 83 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la apertura de un periodo de información pública, a fin de que
cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente en las dependencias
de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales de la
Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte (Plaza del Rey 1,
Madrid), y en todo caso, las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos se
pondrá a disposición en la sede electrónica correspondiente, con el fin de alegar lo que
estimen conveniente por un periodo de veinte días a contar desde el día siguiente a la
publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Tramitar el correspondiente expediente de declaración de Manifestación
Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, de acuerdo con lo previsto en la
Ley 10/2015, de 26 de mayo.
Cuarto.
Comunicar la incoación al Inventario General de Patrimonio Cultural Inmaterial para
su anotación preventiva.
Madrid, 13 de julio de 2023.–El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, Isaac Sastre de Diego.
ANEXO
Justificación de la declaración
La justificación de la declaración de la zarzuela como Manifestación Representativa
de Patrimonio Cultural Inmaterial viene fundamentada en la originalidad, popularidad y
transculturalidad de este género musical y teatral. Su declaración ayudará a la
conservación del género y a su normalización, permitiendo que sea accesible a los
interesados en su conocimiento y al público en general.
Se trata de un género musical y teatral que ha desarrollado características musicales
únicas, fruto de su hibridación con la música popular. A consecuencia de ello, la Zarzuela
ha ido trascendiendo el ámbito escénico para el que ha sido escrita para permear en el
imaginario popular, que ha tomado este repertorio y lo ha utilizado de forma diversa:
desde la interpretación de los números más aplaudidos por formaciones musicales
distintas (por ejemplo mediante arreglos bandísticos) en ámbitos y espacios populares
diferentes de los teatros (conciertos al aire libre, certámenes, etc.), a su interpretación
por grupos de aficionados especializados en este género u otras formaciones.
A ello ha contribuido sin duda de manera decisiva una de las principales señas de
identidad del género: su técnica vocal conocida como «voz natural». Se trata de una
técnica en la cual se prioriza una fácil comprensión de la letra de los números musicales
por encima de un modo de canto más artificioso con predominio de lo armónico. Esta
técnica vocal ha supuesto una ventaja para la popularización del género entre los
cve: BOE-A-2023-17056
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