III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-17043)
Resolución de 11 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión de las tablas salariales, para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, del Convenio colectivo de Exide Techologies España, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107807
Segundo.
Asimismo, y de conformidad con el acta de la Comisión Negociadora del 7.º convenio
de fecha 21 de julio de 2021, y del artículo 8.º del convenio colectivo vigente, se procede
a actualizar para el periodo del 1 de abril de 2023 – 31 de marzo de 2024 (FY’24) un tres
por ciento (3%), los Pluses Ad Personam, recogidos en un listado para la totalidad de los
trabajadores de la plantilla Exide Technologies, SLU y sin que se adjunte a la presente
acta por contener datos de carácter personal, pudiendo los interesados comparecer para
la consulta del listado anterior en los archivos del Departamento de RR. HH. de Exide
Technologies SLU ubicado en Zaragoza – Polígono Empresarium – calle Acebo número
5. La Cartuja Baja.
Tercero.
Para el periodo 1 de abril de 2023 – 31 de marzo de 2024 (FY’24) y actualizado en el
tres por ciento (3%) los derechos existentes y consolidados de los premios de
permanencia del personal de la empresa Exide Technologies SLU, recogido en
las cuatro páginas del listado correspondiente a la Consolidación de Derechos de
Premios de Permanencia de treinta y cinco y cuarenta años, y sin que se adjunte a la
presente Acta por contener datos de carácter personal, pudiendo los interesados
comparecer para la consulta del listado anterior en los archivos del Departamento de
RR. HH. de Exide Technologies SLU ubicado en Zaragoza – Polígono Empresarium –
calle Acebo número 5. La Cartuja Baja.
Cuarto.
Se acuerda también, que dentro del programa de homogeneización de los procesos
administrativos de la confección de las nóminas para toda la compañía, los adelantos a
cuenta, se efectuarán con fecha valor los días veintiséis de cada mes, y por unas
cantidades lo más cercanas a la retribución neta fija mensual a recibir, es decir sin incluir
los pluses variables de esos periodos retributivos, que se incluirán en la liquidación
definitiva mensual, a transferir antes de los días diez de cada mes siguiente.
Quinto.
Y para que así conste se firma, en el lugar y fecha indicada.–Por la parte económica,
Sara Azogue Garzón, Francisco Casado Cayero, Borja Cortés López, Pedro Fernandes,
Rafael Gallego Galiano, Jesús Javier Lázaro Solanas, Alain Lez Santiago, Nuria López
Delgado, Alfredo Marco Rodríguez, Josep Pocorull Claramunt.–Por la parte social, Javier
Mirallas Naharro, presidente Comité Intercentros (CC. OO.); Carlos Sebastián Martínez,
secretario Comité Intercentros (CC. OO.); María Teresa Aycart Domingo, vocal Comité
Intercentros (CC. OO.); Francisco Javier Elso Gálvez; Vicente Baeza Nuñez Arenas,
vocal Comité Intercentros (CC. OO.); Fernando Ibáñez Seral, vocal Comité Intercentros
(CC. OO.); Carlos López-Mota Pérez, vocal Comité Intercentros (CC. OO.); Oscar
Ramos Prieto, vocal Comité Intercentros (CC. OO.); Jesús Ángel Vicente Mamolar, Vocal
Comité Intercentros (CC. OO.); Manuel Reyes Villar Durán, vocal Comité Intercentros
(CC. OO.), Juan Carlos Cabeza Pozuelo, vocal Comité Intercentros (UGT) Sergio
Gimeno Miguel, vocal Comité Intercentros (UGT); Eduardo Enrique Rodríguez López,
Vocal Comité Intercentros (UGT); José Molino Reyes, vocal Comité Intercentros (CSI-F)
y los Delegados Sindicales ámbito estatal Raúl Rubio Abós, Delegado Sindical CC. OO.,
y Francisco Manuel del Barrero Cebollada, Delegado Sindical UGT.
cve: BOE-A-2023-17043
Verificable en https://www.boe.es
Registro, publicación, y archivo. Dar traslado a la Dirección General de Empleo a
través de su Sede Electrónica, del acta de la Comisión Paritaria Interpretativa
del 7.º Convenio Colectivo de Empresa de la empresa Exide Technologies SLU y
complementaria del mismo para que, de acuerdo a la legislación vigentes, acuerde su
registro, publicación y archivo.
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107807
Segundo.
Asimismo, y de conformidad con el acta de la Comisión Negociadora del 7.º convenio
de fecha 21 de julio de 2021, y del artículo 8.º del convenio colectivo vigente, se procede
a actualizar para el periodo del 1 de abril de 2023 – 31 de marzo de 2024 (FY’24) un tres
por ciento (3%), los Pluses Ad Personam, recogidos en un listado para la totalidad de los
trabajadores de la plantilla Exide Technologies, SLU y sin que se adjunte a la presente
acta por contener datos de carácter personal, pudiendo los interesados comparecer para
la consulta del listado anterior en los archivos del Departamento de RR. HH. de Exide
Technologies SLU ubicado en Zaragoza – Polígono Empresarium – calle Acebo número
5. La Cartuja Baja.
Tercero.
Para el periodo 1 de abril de 2023 – 31 de marzo de 2024 (FY’24) y actualizado en el
tres por ciento (3%) los derechos existentes y consolidados de los premios de
permanencia del personal de la empresa Exide Technologies SLU, recogido en
las cuatro páginas del listado correspondiente a la Consolidación de Derechos de
Premios de Permanencia de treinta y cinco y cuarenta años, y sin que se adjunte a la
presente Acta por contener datos de carácter personal, pudiendo los interesados
comparecer para la consulta del listado anterior en los archivos del Departamento de
RR. HH. de Exide Technologies SLU ubicado en Zaragoza – Polígono Empresarium –
calle Acebo número 5. La Cartuja Baja.
Cuarto.
Se acuerda también, que dentro del programa de homogeneización de los procesos
administrativos de la confección de las nóminas para toda la compañía, los adelantos a
cuenta, se efectuarán con fecha valor los días veintiséis de cada mes, y por unas
cantidades lo más cercanas a la retribución neta fija mensual a recibir, es decir sin incluir
los pluses variables de esos periodos retributivos, que se incluirán en la liquidación
definitiva mensual, a transferir antes de los días diez de cada mes siguiente.
Quinto.
Y para que así conste se firma, en el lugar y fecha indicada.–Por la parte económica,
Sara Azogue Garzón, Francisco Casado Cayero, Borja Cortés López, Pedro Fernandes,
Rafael Gallego Galiano, Jesús Javier Lázaro Solanas, Alain Lez Santiago, Nuria López
Delgado, Alfredo Marco Rodríguez, Josep Pocorull Claramunt.–Por la parte social, Javier
Mirallas Naharro, presidente Comité Intercentros (CC. OO.); Carlos Sebastián Martínez,
secretario Comité Intercentros (CC. OO.); María Teresa Aycart Domingo, vocal Comité
Intercentros (CC. OO.); Francisco Javier Elso Gálvez; Vicente Baeza Nuñez Arenas,
vocal Comité Intercentros (CC. OO.); Fernando Ibáñez Seral, vocal Comité Intercentros
(CC. OO.); Carlos López-Mota Pérez, vocal Comité Intercentros (CC. OO.); Oscar
Ramos Prieto, vocal Comité Intercentros (CC. OO.); Jesús Ángel Vicente Mamolar, Vocal
Comité Intercentros (CC. OO.); Manuel Reyes Villar Durán, vocal Comité Intercentros
(CC. OO.), Juan Carlos Cabeza Pozuelo, vocal Comité Intercentros (UGT) Sergio
Gimeno Miguel, vocal Comité Intercentros (UGT); Eduardo Enrique Rodríguez López,
Vocal Comité Intercentros (UGT); José Molino Reyes, vocal Comité Intercentros (CSI-F)
y los Delegados Sindicales ámbito estatal Raúl Rubio Abós, Delegado Sindical CC. OO.,
y Francisco Manuel del Barrero Cebollada, Delegado Sindical UGT.
cve: BOE-A-2023-17043
Verificable en https://www.boe.es
Registro, publicación, y archivo. Dar traslado a la Dirección General de Empleo a
través de su Sede Electrónica, del acta de la Comisión Paritaria Interpretativa
del 7.º Convenio Colectivo de Empresa de la empresa Exide Technologies SLU y
complementaria del mismo para que, de acuerdo a la legislación vigentes, acuerde su
registro, publicación y archivo.