II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-16909)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Universidad de Burgos, por la que se corrigen errores en la de 3 de julio de 2023, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 106661
Asimismo, podrán presentarse quienes estén habilitados conforme a lo establecido
en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio. Se entenderá que los habilitados para
Catedrático de Escuela Universitaria lo están para Profesor Titular de Universidad.
2.3 No podrán participar en los respectivos concursos de acceso quienes ostenten
la condición de profesor de una plaza de igual cuerpo y de la misma área de
conocimiento en la misma o en otra Universidad, salvo que se haya producido el
desempeño efectivo de la misma durante al menos dos años.
2.4 No se admitirá la participación en el concurso de acceso si se prestan servicios
como funcionario de carrera en una plaza de igual categoría, de la misma área de
conocimiento, departamento y centro de la Universidad de Burgos.
2.5 En el caso de los nacionales de otros Estados, para todas las plazas, será
requisito tener un conocimiento suficiente, oral y escrito, del idioma castellano. Si en el
proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, las Comisiones
de Selección podrán establecer pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
2.6 Los requisitos señalados en la base segunda deberán haberse adquirido a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión».
cve: BOE-A-2023-16909
Verificable en https://www.boe.es
Burgos, 18 de julio de 2023.–El Rector, Manuel Perez Mateos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 106661
Asimismo, podrán presentarse quienes estén habilitados conforme a lo establecido
en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio. Se entenderá que los habilitados para
Catedrático de Escuela Universitaria lo están para Profesor Titular de Universidad.
2.3 No podrán participar en los respectivos concursos de acceso quienes ostenten
la condición de profesor de una plaza de igual cuerpo y de la misma área de
conocimiento en la misma o en otra Universidad, salvo que se haya producido el
desempeño efectivo de la misma durante al menos dos años.
2.4 No se admitirá la participación en el concurso de acceso si se prestan servicios
como funcionario de carrera en una plaza de igual categoría, de la misma área de
conocimiento, departamento y centro de la Universidad de Burgos.
2.5 En el caso de los nacionales de otros Estados, para todas las plazas, será
requisito tener un conocimiento suficiente, oral y escrito, del idioma castellano. Si en el
proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, las Comisiones
de Selección podrán establecer pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
2.6 Los requisitos señalados en la base segunda deberán haberse adquirido a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión».
cve: BOE-A-2023-16909
Verificable en https://www.boe.es
Burgos, 18 de julio de 2023.–El Rector, Manuel Perez Mateos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X