III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-16928)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la colaboración en el fomento y apoyo a la cooperación científica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 106772

Ambas partes, actuando en ejercicio de las competencias que respectivamente
tienen atribuidas y reconociéndose mutua capacidad para formalizar este convenio,
EXPONEN
I. Que el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte (BOE núm. 127, de 7 de
mayo de 2020), dispone en su artículo 1.a) que este es el Departamento de la
Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política
del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico
español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria,
de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales,
así como la promoción y difusión de la cultura española, el impulso de las acciones de
cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
II. Que de acuerdo con el artículo 5 apartado s) del Real Decreto 509/2020, de 5 de
mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y
Deporte, le corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes la
gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a esta Dirección
General y el ejercicio de las actuaciones inherentes a la titularidad de los museos
estatales gestionados por las Comunidades Autónomas. Asimismo, conforme al
artículo 5.u) le corresponde a la citada Dirección General, la cooperación con otras
Administraciones y entidades públicas y privadas en materia de museos.
III. Que el Museo Arqueológico Nacional (MAN en lo sucesivo) es un Museo de
Titularidad Estatal, adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, gestionado por la
Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes. Este Museo conforme al
artículo 1 del Real Decreto 683/1993, de 7 de mayo, por el que se reorganiza el Museo
Arqueológico Nacional (BOE núm. 126, de 27 de mayo de 1993), tiene encomendada:
a) La investigación y divulgación del pasado a través de los materiales
arqueológicos de la prehistoria e historia hispanas que constituyen sus fondos
museísticos, así como de las culturas foráneas más significativas.
b) La documentación y difusión de las excavaciones arqueológicas, misiones
científicas y hallazgos que dan testimonio de nuestra historia y caracterizan las culturas
del pasado.
IV. Que según la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011 de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia») el MAN, como museo de
titularidad y gestión estatal, tiene la condición de agente de ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
V. Que la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.
(CSIC), con sede central en Madrid (CP 28006), domicilio institucional en calle de
Serrano, 117 y NIF Q-2818002-D, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia») es un
Organismo Público de Investigación, adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a
través de la Secretaría General de Investigación. Su objetivo fundamental es desarrollar
y promover investigaciones en beneficio del progreso científico y tecnológico, para lo
cual está abierta a la colaboración con entidades españolas y extranjeras. Según su
Estatuto (artículo 4), tiene como misión el fomento, la coordinación, el desarrollo y la
difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter pluridisciplinar, con el fin
de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así
como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en
estas materias.
El CSIC está constituido como Agencia Estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de

cve: BOE-A-2023-16928
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Núm. 174