III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-16942)
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar, sobre la financiación, ejecución y entrega de las mejoras del saneamiento en el núcleo de A Medorra, en O Pereiro de Aguiar (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Sábado 22 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 107204

respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público,
que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Sexto.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 b) de la Ley de Aguas, cuyo texto
refundido se aprobó por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, los
organismos de cuenca pueden suscribir convenios para el cumplimiento de las funciones
que tienen atribuidas por la legislación vigente.
Séptimo.
Que el convenio contiene una previsión con relevancia para la legislación patrimonial
consistente en la entrega por parte de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A., a
favor del Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar, de las actuaciones que el organismo de
cuenca se compromete a construir en terrenos que la entidad local pondrá a su
disposición.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A. realizará la operación patrimonial de
transmisión del pleno dominio de la obra, mediante una cesión gratuita de las previstas
en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), previo informe favorable de la Dirección General del
Patrimonio del Estado.
Dado que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A es un organismo público
cuyos bienes no están exceptuados de incorporación (Incorporación al patrimonio de la
Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos) conforme a lo
previsto en el artículo 80.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), se requiere, de acuerdo con el artículo 188.3 LPAP, la
comunicación previa de la celebración de este convenio al Director General del
Patrimonio del Estado.
Octavo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar estiman necesario establecer una fórmula
coordinada para la cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de la
Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, así como para su ejecución.
En base a lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones que regirán la
financiación, redacción del proyecto, puesta a disposición de los terrenos, ejecución y
posterior entrega de las mejoras del saneamiento en el núcleo de A Medorra, en el T.M.
de O Pereiro de Aguiar (Ourense).
Segunda.

Duración, modificación y extinción del convenio.

1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal;
adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá una duración
de cuatro años.

cve: BOE-A-2023-16942
Verificable en https://www.boe.es

Primera.