I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Centro Nacional de Fotografía. (BOE-A-2023-16819)
Real Decreto 670/2023, de 18 de julio, por el que se crea el Centro Nacional de Fotografía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Viernes 21 de julio de 2023
Disposición adicional primera.

Sec. I. Pág. 105659

Relación de Puestos de Trabajo.

Con el fin de adaptar la estructura organizativa y acomodarla a las funciones que se
regulan en el presente real decreto, tras la entrada en vigor del mismo, deberá
aprobarse, la relación de puestos de trabajo necesaria para el desempeño de las
funciones atribuidas por este real decreto al Centro Nacional de Fotografía, así como sus
características retributivas y de desempeño.
Disposición adicional segunda.

No Incremento de gasto público.

Lo dispuesto en este real decreto no supondrá incremento del gasto público. Los
gastos derivados de la creación del Centro Nacional de Fotografía serán atendidos con
cargo a los créditos presupuestarios del Ministerio de Cultura y Deporte, sin que
supongan incremento de gasto.
Disposición final primera.

Título competencial.

El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.28.ª
de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de
museos de titularidad estatal.
Disposición final segunda.

Desarrollo normativo.

Se faculta al titular del Ministerio de Cultura y Deporte para el desarrollo de lo
dispuesto en este real decreto.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 18 de julio de 2023.
FELIPE R.
El Ministro de Cultura y Deporte,

cve: BOE-A-2023-16819
Verificable en https://www.boe.es

MIQUEL OCTAVI ICETA I LLORENS

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X