I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Empresas emergentes. (BOE-A-2023-16817)
Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los beneficios y especialidades reconocidas en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Viernes 21 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 105640

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el
procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los
beneficios y especialidades reconocidas en la Ley 28/2022, de 21 de
diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado por el
Consejo Europeo el 13 de julio de 2021, es la hoja de ruta que canaliza, a través de un
conjunto de reformas e inversiones, los fondos previstos en el Mecanismo europeo de
Recuperación y Resiliencia aprobado por el Consejo Europeo de 21 de julio de 2020.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España se estructura en
diez políticas palanca y treinta componentes de reforma estructural por su alta capacidad
de arrastre sobre la actividad y el empleo para la modernización de la economía
española.
Dentro de la palanca V, titulada «Modernización y digitalización del tejido industrial y
de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora», se
incluye el Componente 13 de «Impulso a las pymes». En él se recogen, por un lado,
reformas de naturaleza normativa o regulatoria y, por otro, diversos programas de
inversión destinados a promover el emprendimiento y la creación de empresas, el
crecimiento empresarial, la digitalización de las pymes o su internacionalización.
En el marco del Componente 13, la Reforma R2 «Estrategia España Nación
Emprendedora» contempla el desarrollo de una nueva «Ley de Startups», aprobada
mediante la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las
empresas emergentes que tiene como principal objetivo fomentar la creación y el
desarrollo de empresas emergentes, fijando además las condiciones que favorezcan su
internacionalización. Esta ley busca dar respuesta a los principales retos a los que se
enfrentan este tipo de empresas, entre los que se encuentran el alto riesgo que deben
asumir por su inherente carácter innovador, la dificultad de acceso a la financiación en
las distintas fases de su desarrollo o la necesidad de disponer de trabajadores altamente
cualificados.
La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, establece unos requisitos específicos para
determinar qué empresas pueden acogerse a los beneficios y especialidades que
incorpora la misma, entre ellos, su carácter de emprendimiento innovador y el carácter
escalable de su modelo de negocio.
Asimismo, la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, establece en su parte expositiva y en
su artículo 4.1 que, con el fin de proporcionar una ventanilla única a los emprendedores
que quieran acogerse a los beneficios y especialidades que contempla, deberán solicitar
a la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, que evalúe todas las características
recogidas en sus artículos 3 y 6, además del criterio del carácter de emprendimiento
innovador y escalable de su modelo de negocio. La certificación del carácter innovador
de estas empresas correrá por tanto a cargo de la Empresa Nacional de Innovación
S.M.E., SA, que dispondrá de los recursos necesarios para desplegar un procedimiento
sencillo, rápido y gratuito para las empresas solicitantes.
La Empresa Nacional de Innovación, SA, es una Sociedad Mercantil Estatal respecto
de la cual corresponde a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa, a través de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa, el ejercicio de las funciones de tutela conforme a lo previsto en el artículo 116
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los

cve: BOE-A-2023-16817
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