III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-16777)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, sobre transporte ferroviario de viajeros por cuenta propia del personal de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Jueves 20 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 104964

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 8 de junio de 1993 se suscribió un convenio entre la, entonces,
entidad Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) y la Dirección General de
la Guardia Civil (DGGC), constituyendo su objeto el transporte ferroviario de viajeros y,
excepcionalmente de mercancías, que el referido órgano directivo decidiera trasladar
empleando los servicios de Renfe.
Segundo.
Que en el citado convenio de 1993, se prevé una distinta regulación para los viajes
del personal de la Guardia Civil por cuenta del Estado (aquellos servicios de transporte
en los que la DGGC asume la totalidad del compromiso de pago), correspondiente al
tren y clase autorizados y para los viajes por cuenta propia (aquellos que se realizan por
el personal de la DGGC, con derecho a reducción, en los que la persona que viaja paga
un porcentaje del importe total del billete, abonando la DGGC el resto del importe del
billete).
Tercero.
Que el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio del Interior, recoge en su artículo 1.5.a).2.º) que la
Dirección General de la Guardia Civil depende de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Cuarto.
Que con fecha 6 de junio de 2022 se suscribió un Convenio entre el Ministerio del
Interior y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, sobre transporte ferroviario de
viajeros por cuenta propia del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, extendiendo su
vigencia hasta el 30 de noviembre de 2022, conforme al Plan de Acción Social de la
Guardia Civil para el año 2022.
Quinto.
Que habiendo finalizado la vigencia del anterior convenio y estando interesadas las
partes en continuar con la regulación prevista para los viajes por cuenta propia del
personal de la Guardia Civil, las mismas acuerdan suscribir el presente convenio que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS

Constituye el objeto del presente convenio la regulación de los viajes por cuenta
propia, utilizando los servicios de transporte de Renfe Viajeros, de Guardias Civiles en
las situaciones y circunstancias que a continuación se indican, de conformidad con lo
establecido en el Plan de Acción Social de la Guardia Civil para el año 2023 y con lo
previsto en los documentos que se adjuntan como anexos I y II:
1. Guardias Civiles que se encuentren en situación administrativa de activo o
reserva.

cve: BOE-A-2023-16777
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del convenio.