III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Violencia de género. (BOE-A-2023-16804)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, de transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado contra la violencia de género para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Jueves 20 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 105151

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE IGUALDAD
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y
contra la Violencia de Género, de transferencias para el desarrollo de nuevas
o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de
Estado contra la violencia de género para el ejercicio 2023.

Vista la disposición final sexta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, relativa al cumplimiento del Pacto de Estado en
materia de violencia de género;
Vista la disposición final tercera del Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de
medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género,
por la que se regula la distribución de los fondos destinados al cumplimiento del Pacto de
Estado en materia de violencia de género, asignados a los ayuntamientos para
programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género;
Visto el Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre, por el que se actualizan las
cuantías, los criterios y el procedimiento de distribución de las transferencias para el
desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el
Pacto de Estado en materia de violencia de género, modificado por Real
Decreto 503/2022, de 27 de junio;
Vista la Resolución de transferencias de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra
la Violencia de Género para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias
reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado en materia de violencia de
género para el ejercicio 2021, de 8 de septiembre de 2021;
Resultando que la financiación de los fondos para el desarrollo del Pacto de Estado
en materia de violencia de género a gestionar por las entidades locales se efectúa con
cargo a la aplicación presupuestaria 30.02.232C.460 de «Transferencias corrientes para
el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las Entidades Locales
en el Pacto de Estado contra la violencia de género» consignada en el presupuesto de
gastos de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género para 2023
por importe de 40.000.000,00 de euros;
Considerando que la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de
Género es competente para resolver la distribución de fondos a los que se refiere la
presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real
Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre;
Considerando que para el cálculo de la distribución de fondos objeto de la presente
resolución se ha tenido en cuenta el número de las entidades locales y su población, de
acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1037/2022, de 20 de diciembre, por el que
se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón
municipal referidas al 1 de enero de 2022;
Considerando que la participación de los municipios de la Comunidad Autónoma del
País Vasco en la dotación presupuestaria para el desarrollo del Pacto de Estado en
materia de violencia de género para las entidades locales se realizará de conformidad
con lo establecido en su régimen de financiación específico;
Considerando que para el cálculo de la distribución de fondos objeto de la presente
Resolución, una vez aplicados los criterios previstos en las letras a) y b) del artículo 1 del
Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre, modificado por Real Decreto 503/2022,
de 27 de junio, se ha tenido en cuenta, de acuerdo con lo dispuesto en la letra c) de ese
mismo artículo, el número de municipios incorporados al Sistema de Seguimiento
Integral en los casos de Violencia de Género (VIOGEN) del Ministerio del Interior, y en
los que están empadronadas víctimas usuarias del Servicio Telefónico de Atención y

cve: BOE-A-2023-16804
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