III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-16810)
Resolución de 14 de julio de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la elaboración del "Informe sobre justicia administrativa 2023".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Jueves 20 de julio de 2023

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tratados únicamente por las partes y aquellos terceros a los que aquéllas estén legal o
contractualmente obligadas a comunicarlos.
Los representantes y otros interesados podrán ejercer, en la medida que sean
aplicables, los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión o limitación del
tratamiento, dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las Partes
identificadas en el encabezamiento.
Si algún interesado considera que sus datos han sido tratados de forma inadecuada,
tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de
Datos (calle Jorge Juan, 6, 28001, Madrid, www.agpd.es). Antes de ello podrá dirigirse a
los Delegados de Protección de Datos de las partes para tratar de obtener respuesta a
su queja.
Undécima.

Naturaleza jurídica.

El presente convenio de colaboración tiene naturaleza interadministrativa, está
regulado por el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público y se encuentra excluido del ámbito de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 en virtud de lo establecido
en el artículo 6.1 de dicho texto legal.
Duodécima.

Jurisdicción.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y el cumplimiento del
presente convenio serán resueltas por acuerdo de ambas partes.
Al tener naturaleza administrativa, en caso de litigio sobre la interpretación y
cumplimiento del presente convenio, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo
será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre
las partes, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Decimotercera.

Publicidad y transparencia.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.1, letra b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el presente
convenio será publicado en el portal de transparencia de la CNMC: https://www.cnmc.es/
transparencia y en el portal de transparencia de la UAM: https://transparencia.uam.es/
informacion-economica/convenios-y-encomiendas-de-gestion/.
De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de
que son titulares los firmantes, suscriben el presente convenio en Madrid a 7 de julio de
2023.–Por la CNMC, Cani Fernández Vicién, Presidenta.–Por la UAM, Daniel Jaque García.
ANEXO

1.

Autores, Dirección, Coordinación y Gestión.

6.500 euros.

2.

Colaboradores análisis de jurisprudencia.

4.500 euros.

3.

Gastos de maquetación, edición y presentación.

2.000 euros.

4.

Cánones UAM y FUAM.

2.100 euros.

Total gastos.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

15.100 euros.

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-16810
Verificable en https://www.boe.es

Presupuesto estimado de gastos