III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Contratación administrativa. (BOE-A-2023-16784)
Orden PCM/818/2023, de 18 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de junio de 2023, por el que se aprueba el Plan de Incorporación de la Metodología BIM en la contratación pública de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Jueves 20 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 105008

de 2022 por la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación
(OIReScon), de conformidad con lo previsto en el artículo 334 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, y en concreto, se alinea con sus Objetivos
C, D, F, G, y H: «Incrementar la profesionalización de los agentes públicos que participan
en los procesos de contratación (Objetivo C); «Promover la eficiencia económica en los
procesos de obtención de bienes, servicios y suministros para el sector público,
estimulando la agregación de la demanda y la adecuada utilización de criterios de
adjudicación» (Objetivo D); «Utilizar las posibilidades de la contratación pública para
apoyar políticas ambientales, sociales y de innovación» (Objetivo F); «Promover la
participación de las PYME en el mercado de la contratación pública», (Objetivo G); y
«Promover un marco normativo claro y estable con el fin de dotar de seguridad jurídica a
la contratación pública», (subobjetivo H).
El Plan establece un objetivo único, relativo a solicitar el uso de BIM en algunos
contratos públicos, en función del valor estimado de éstos y del nivel BIM del órgano de
contratación, y conforme a un calendario gradual y progresivo. El establecimiento de los
umbrales de los contratos y el citado calendario toman en consideración el acceso de la
Pequeña y Mediana Empresa (PYME) a la contratación pública. Asimismo, el Plan
establece una serie de acciones para facilitar el cumplimiento de dicho objetivo.
Las medidas del Plan se llevarán a cabo con los medios personales disponibles en
los departamentos ministeriales de la Administración General del Estado y los
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, de
conformidad con lo establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023.
La Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la
contratación pública, en su sesión de fecha 27 de abril de 2023, acordó finalizar la
elaboración del Plan para la incorporación de la metodología BIM en la contratación pública
y elevarlo para aprobación del Consejo de Ministros. El Plan ha sido informado por la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en fecha 13 de junio de 2023.
En su virtud, el Consejo de Ministros, a propuesta de las Ministras de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, y de Hacienda y Función Pública, en su reunión del día 27
de junio de 2023, acuerda:
Primero. Aprobación del Plan para la incorporación de la metodología BIM en la
contratación pública de la Administración General del Estado y sus organismos
públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.
Se aprueba el Plan para la incorporación de la metodología BIM en la contratación
pública de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes que figura como anexo al presente Acuerdo.
Ámbito de aplicación.

Este Plan será de aplicación a la Administración General del Estado y sus
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.
Asimismo, se recomienda la aplicación del Plan BIM por el resto de entidades
integrantes del sector público institucional estatal no contempladas en el párrafo anterior,
es decir, las autoridades administrativas independientes, las sociedades mercantiles
estatales, los consorcios, las fundaciones del sector público, los fondos sin personalidad
jurídica y las universidades públicas no transferidas, de las letras b) a g) del apartado 1
de artículo 84. Composición y clasificación del sector público institucional estatal, de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Disposición final.

Publicación y efectos.

El presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y producirá
efectos desde el día siguiente a su publicación.

cve: BOE-A-2023-16784
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.